2 de junio 2010 - 00:00

Ley de lavado favorece a imputados

El juez federal Norberto Oyarbide analiza estos días la situación del empresario de auditorías farmacéutica Gabriel Brito, quien fue indagado por última vez el lunes pasado.

A diferencia de sus declaraciones anteriores, Brito no se explayó esta vez en horas de acusaciones contra ex funcionarios de Gobierno y empresarios de droguerías, sino que los investigadores del caso se concentraron en preguntarle cuestiones vinculadas al supuesto lavado de dinero que se habría realizado a partir del tráfico de medicamentos adulterados.

Por este delito están imputados, entre otros, el titular de la Asociación Bancaria, Juan José Zanola, y el titular de la droguería San Javier, Néstor Lorenzo, quienes son los principales acusados en la pesquisa y ya están procesados con prisión preventiva por supuesta asociación ilícita. Brito podría ser procesado por supuesto encubrimiento del delito de lavado de dinero, ya que firmó tres cheques por $ 310 mil para la campaña presidencial de 2007 de Cristina de Kirchner y Julio Cobos y, según él asegura, ese dinero pertenecía a Lorenzo. También está imputado por supuesta extorsión y como presunto partícipe de una asociación ilícita.

El supuesto delito de lavado de dinero fue una de las líneas de que pesquisa que la Cámara Federal en lo Criminal y Correccional le pidió a Oyarbide que profundizara, cuando confirmó 27 de los 28 procesamientos por supuesta asociación ilícita que el magistrado dictó en la causa por la llamada mafia de los medicamentos.

Pero hay una obstáculo en este punto que podría ser insalvable para avanzar sobre los imputados: el artículo 278 del Código Penal que tipifica el delito de lavado de dinero lo impide en este caso.

Según este reglamento, «será reprimido con prisión de dos a diez años y multa de dos a diez veces del monto de la operación el que convirtiere, transfiriere, administrare, vendiere, gravare o aplicare de cualquier otro modo dinero u otra clase de bienes provenientes de un delito en el que no hubiera participado, con la consecuencia posible de que los bienes originarios o los subrogantes adquieran la apariencia de un origen lícito y siempre que su valor supere la suma de cincuenta mil pesos ($ 50.000)». Es decir que Zanola y Lorenzo, quienes habrían sido los responsables de la maniobra que generó el dinero supuestamente ilícito, no podrían ser procesados por lavado de dinero. De hecho, sus abogados defensores ya hicieron planteos en este sentido. Un punto incomprensible de la ley que, en último término, beneficia sólo a los investigados.

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