La AFIP extendió ayer a los directivos de los bancos la prohibición de tomar a cuenta del Impuesto a las Ganancias el pago de multas que se les apliquen. Tampoco las entidades financieras podrán deducir como "gasto" las sumas de dinero que entregan a sus directivos para pagarlas por su actuación como representantes de la empresa. Las dos aclaraciones se verán reflejadas en la Circular 2/15 del organismo, que será publicada hoy en el Boletín Oficial.
Según un comunicado de la AFIP, el organismo detectó que las entidades desarrollan un doble esquema para evitar el impuesto porque pretenden deducir de sus ganancias las multas aplicadas a sus directores y por otro no le hacen la retención de Ganancias correspondiente a los directores por esta renta percibida.
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