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Monotributo: vence cambio de categoría
De esta manera, quedan obligados a efectuar el trámite aquellos que hayan sufrido modificaciones en sus ingresos o en alguno de los otros parámetros a tener en cuenta en el momento de la categorización, como los ingresos brutos devengados y la energía eléctrica consumida -en el período entre los meses de enero y diciembre de 2011- y los alquileres devengados y la superficie afectada a la actividad hasta el último día del año anterior.
El trámite se realiza a través de la página web utilizando su clave fiscal ingresando al servicio «Sistema registral», opción «Registro tributario / Monotributo / Recategorización».


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