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Ordenan a partidos depurar sus padrones
El pedido se realizó a través de una causa en la que se discutía la validez de la Convención Provincial Radical en el distrito de Santa Fe que, para depurar sus registros, había convocado a todos los que figuraban en ellos a ratificar su pertenencia a la agrupación, bajo apercibimiento de perder la calidad de afiliado. Esta decisión fue cuestionada a través de una acción de amparo, que devino abstracta al ser intervenido el distrito.
Más allá de que la Cámara señaló que el planteo era abstracto, el caso se presentó como la oportunidad de señalar una serie de preocupaciones respecto de los padrones de los partidos políticos que, a partir de la aprobación de la reforma política el año, el tribunal electoral debe organizar y fiscalizar.
Cambios
Este fue uno de los cambios centrales que introdujo la Ley 26.571, aprobada el año pasado por el Congreso Nacional y que, entre otros aspectos, estableció el sistema de internas abiertas para elegir a los candidatos presidenciales que representarán a cada partido en los comicios de 2011.
El tribunal resaltó en su acordada que tanto la Ley de Creación de la Cámara Nacional Electoral como el Código Nacional Electoral, modificados por la reforma, «establecen que corresponde a la Justicia nacional electoral la organización, el funcionamiento y la fiscalización de los registros y padrones de afiliados, con sujeción a las leyes que rigen la materia como así también a las reglas dictadas por el Tribunal».
El fallo firmado por los jueces Alberto Dalla Via y Santiago Corcuera (el tercer integrante de la Cámara, Rodolfo Munné, está de licencia) también señala que, si bien la Ley 23.298 -la Ley Orgánica de los Partidos Políticos- «no prevé de modo expreso un plazo para la remisión al juzgado electoral de las fichas correspondientes a nuevas afiliaciones, tal exigencia no puede dilatarse indefinidamente», ya que se podría incurrir en la riesgo de que se prive a cierto sector del partido de participar en la toma de decisiones.
En este punto, el tribunal subraya que «resulta indispensable para garantizar su certeza y exactitud» la permanente depuración y actualización de los padrones de los afiliados, así como recuerda que estos registros de los partidos políticos se constituyeron en 1982, con el regreso de la democracia. Es decir que los padrones tienen 25 años de antigüedad.
Garantías
La Cámara también afirma que el proceso de depuración de los padrones debe ofrecer garantías suficientes «a fin de que todos los afiliados estén en condiciones reales de manifestar su voluntad», implementando las medidas necesarias para que el tema tenga publicidad suficiente y que sea un trámite simple. Por su parte, el tribunal implementó un sistema propio de actualización de los padrones políticos a través del uso de telegramas gratuitos. A raíz de esta modalidad, 2.800 personas ya dieron su baja de afiliación en los últimos meses. La Cámara activará además en los próximos días en su página web (www.pjn.gov.ar) un sistema de consulta para que los ciudadanos puedan saber si figuran o no como afiliados a algún partido político.
Este tipo de depuración es un aspecto central de la reforma ya que la nueva ley introdujo una serie de modificaciones que fortalecen a las entidades partidarias y también las obliga a adecuar sus cartas orgánicas a la nueva normativa.
Entre los puntos más discutidos de estos cambios está la modificación del piso de electores que tiene que tener un partido, no inferior al 4 por mil. Esta cifra afecta seriamente la sobrevivencia de las agrupaciones más chicas, que se presentaron ante la Justicia para pedir la suspensión de los artículos que establecen el plazo para que se adapten a la nueva ley.


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