El Ministerio de Producción actualizó los parámetros de facturación que deben cumplir las empresas pequeñas y medianas que pretendan acceder al régimen específico que les otorga beneficios financieros y fiscales. Los valores fueron ajustados entre 26% y 31% -según la actividad-con relación a los que regían en abril del año pasado. Pero la principal innovación tiene que ver con las dotaciones de personal, ya que se fija un tope máximo de 655 empleados, en el caso de industria y minería. Las que superen esa cifra quedan afuera del sistema.
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En Construcción, el máximo de empleados se fijó en 590 para las medianas del tramo mayor. En el otro extremo, las microempresas constructoras no podrán tener más de 12 trabajadores. Para encuadrar como pequeña, el límite a las constructoras se fijó en 45 empleados. En cuanto a nivel de facturación, los valores van de un rango mínimo de $5,9 millones a $452,8 millones.
En servicios, los rangos en cantidad de empleados van de 7 a 535 personas. Y la facturación, de un mínimo de $4,6 millones a $328,9 millones. En este sector, el porcentaje de ajuste anual en pesos fue el mayor de todos, con 31%.
Para el comercio, se fijó en 7 empleados para las microempresas. Y en el otro extremo, las medianas tramo 2 tienen un tope de 345 personas.
En el caso mencionado de la industria y la minería, el reajuste equivale a un 27% interanual. Para la categoría micro la facturación no podrá exceder de $13,4 millones. Para la más alta, es de $956,3 millones al año. En cuanto a empleados, los 655 de estos sectores corresponde a la máxima categoría. Para la categoría micro, el tope se fijó en 15 empleados.
Por último, en el sector agropecuario la facturación máxima que puede tener una microempresa se fijó en $3,8 millones anuales. Y para la categoría más alta (mediana tramo 2) $289,3 millones.
Respecto de la cantidad de empleados, para microempresas del agro se estableció un tope de 5 empleados. Y llega a 215 para las medianas de tramo 2.
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