8 de octubre 2014 - 16:19

Paternidad compartida para contratos en dólares

Aída Kemelmajer de Carlucci
Aída Kemelmajer de Carlucci
El Código Civil que promulgó ayer Cristina de Kirchner, obra que ella misma considera el punto más alto de su voluntad codificadora, llegó al final de su camino con propietarios varios. Cada tramo tuvo en su nacimiento y modificaciones manos diversas que se posaron sobre el texto. La paternidad del tema, entonces, quedará dividida, en algunos casos casi por capítulos.

No hace falta bucear demasiado en los antecedentes de los cambios que el proyecto tuvo en materia de la definición del inicio de la persona y las consecuencias de esa definición en materia de fecundación asistida, maternidad sustituta y donación y disposición de embriones.

Todo ese capítulo pasó primero por las manos de Aida Kemelmajer de Carlucci, una de las 3 integrantes de la comisión original, junto a Ricardo Lorenzetti y Elena Highton de Nolasco, luego fue ratificado en la revisión que hizo la Casa Rosada antes de convertir la propuesta de los juristas en un proyecto de ley.

En medio de ese proceso la Iglesia intervino en la cuestión, hubo rueda del tema en audiencias por todo el país y Jorge Bergoglio se transformó en Papa. El final fue claro: el propio Miguel Pichetto en el recinto del Senado a la hora de votar el proyecto le pidió a los diputados que corrigieran cuestiones en las que su propio bloque no estaba de acuerdo.

En materia de familia los cambios desde el original a la versión definitiva fueron menores. Allí el Gobierno no dio marcha atrás con definiciones concretas como acelerar trámites para el divorcio o borrar cualquier diferenciación sobre género. De ahí que el matrimonio queda consagrado como tal sin necesidad de discriminación positiva alguna.

En ese juego de Código por bloques, Cristina de Kirchner tuvo un papel fundamental al definir la moneda en que pueden realizarse los contratos entre particulares y en la que pueden resolverlos.

El proyecto que la comisión Lorenzetti entregó a la Casa Rosada no contenía modificaciones con relación a la apertura al deudor de la opción de cancelar en pesos contratos celebrados en dólares. Los juristas eligieron continuar en ese sentido con el sistema bimonetario que rige desde la convertibilidad. Es decir, si se pacta el dólares, se cancela en dólar billete.

Esa opción, como explicó el propio presidente de la Corte, fue modificada en el proyecto que llegó al Congreso y de ahí que Cristina de Kirchner le haya dedicado un largo rato en su discurso de ayer a explicarlo.

La Presidente dijo allí que "los bancos tienen la obligatoriedad de restituir los depósitos en la misma moneda en la que fueron hechos".

Si bien el peso queda en el Código Civil como única moneda de curso legal, nunca estuvo en juego la opción de cambio sobre los depósitos o el pago de los bonos en dólares de la deuda pública.

"Todas las afirmaciones de que los depósitos (en dólares) no iban a tener valor quedan absolutamente fuera de lugar y son dejadas de lado", insistió ayer Cristina. En realidad, la duda pasa por el artículo 765 que abre al deudor privado la opción de cancelar en pesos a cambio oficial una deuda contraida en dólares, aunque se recuerda que las partes son libres de contratar. Por lo tanto, quien quiera cobrar en dólar billete deberá expresarlo claramente en un contrato, según argumentó ayer Cristina.

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