28 de junio 2012 - 00:00

Petróleo: otra vez compensan por exportar

El Gobierno restableció parcialmente los beneficios del programa petróleo plus que suspendió a principios de febrero en medio de la pulseada con la española Repsol por YPF. Por la Resolución 438, publicada ayer en el Boletín Oficial, se otorgó una compensación de u$s 28 por cada barril exportado a las petroleras que hayan efectuado ventas externas entre el 3 de febrero -fecha de caída del petróleo plus- y el 30 de junio.

La medida alcanza a Sinopec, Tecpetrol y sobre todo a Pan American Energy (PAE), que es actualmente la principal exportadora de petróleo. La empresa vende en el exterior buena parte de la producción del yacimiento Cerro Dragón (del que se extrae el 15% del total de la producción nacional), debido a que la variedad de crudo que se produce en el área sólo se puede utilizar en la Argentina en la refinería que tiene Esso en Campana.

La resolución, de la que en realidad se venía hablando desde el mismo momento en que se derogó el petróleo plus, se conoció luego de la visita del premier de China, Wen Jiabao, siendo Sinopec una empresa de ese origen al igual que CNOOC que comparte con la familia Bulgheroni el 40% de PAE.

La norma responde a la incongruencia de que por un barril de petróleo exportado el productor percibe u$s 42 como techo porque el resto son retenciones, mientras el precio del crudo en el mercado local se ubica en u$s 70 (o por lo menos era así en los últimos meses de 2011, según consta en los considerandos de la medida).

Para que la empresa que exporta perciba el mismo precio que aquella que vende en la plaza local, la compensación es igual a la diferencia entre u$s 70 y u$s 42, o sea u$s 28. Esta compensación podrá variar en cada trimestre según lo disponga la Secretaría de Energía.

Además, según la Resolución 438, a partir del 1 de octubre las exportadoras deberán cumplir con niveles de producción mayores o iguales a los del último trimestre de 2011. También deberán presentar un índice de reposición de reservas mayor que 1 (extraen 1, deben incorporar 1), tomando como base las declaradas al 31 de diciembre de 2011. En este último aspecto, como las reservas del corriente año sólo estarán disponibles en mayo de 2013, el requisito de la reposición será puesto en vigencia a partir de ese momento.

Cuando se derogó el programa petróleo plus, el Gobierno dijo que el costo fiscal de esa iniciativa era de $ 1.752 millones. Con la medida adoptada ahora, esa suma se reduciría a la mitad. Esto sería así porque la iniciativa original alcanzaba a todos los productores que obtuvieran una producción adicional con respecto al año anterior y en el caso de los exportadores se les reconocía además un crédito fiscal por el 12% de la diferencia entre el precio local y el valor internacional aplicable a la exportación, y otro por la diferencia entre el precio local y el precio de exportación neto de retenciones.

Ahora, la nueva normativa sólo reconoce ese último aspecto, no el incentivo por aumentar la producción ni tampoco el 12% de la diferencia entre el precio internacional y el interno. Con este renglón, el programa petróleo plus cubría a las petroleras que exportan de la distinta forma de calcular las regalías por parte de las provincias. Para éstas, el valor para calcular el 12% de regalías es el precio de venta en el mercado internacional, antes de retenciones, o en el mercado local. De esta forma, si se exporta un barril a u$s 90, la regalía es de u$s 10,8, mientras el mismo barril colocado en la plaza local paga u$s 8,4 si el precio de venta es de u$s 70.

La compensación a las petroleras que exportan se liquida igual que en el programa petróleo plus mediante un certificado de crédito fiscal que sólo puede descontarse del pago de retenciones.
La Resolución 438 alcanza a las empresas cuya producción media diaria de petróleo sea superior a 1.300 metros cúbicos diarios, porque para las que producen menos se mantuvieron los beneficios del petróleo plus.

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