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Procuradora a favor de caso de “muerte digna”
"El retiro, cese y abstención de todas las medidas de soporte vital que lo mantienen con vida en forma artificial pertenece a su zona de reserva, garantizada por el derecho a la autonomía personal", sostuvo Gils Carbó en una presentación hecha ante la Corte Suprema que generó el rechazo de la iglesia neuquina.
Se trata de Marcelo Diez, quien como consecuencia de un accidente automovilístico ocurrido el 23 de octubre de 1994, cuando tenía 30 años, sufrió un traumatismo encefalocraneano severo, politraumatismos graves y epilepsia postraumática.
Al año siguiente, tras distintas intervenciones quirúrgicas y tratamientos médicos, se le diagnosticó estado vegetativo persistente. Durante nueve años estuvo cuidado por su familia en su hogar, en tanto sus hermanas Adriana y Andrea Diez fueron nombradas curadoras. Desde 2003, el hombre que ahora ya tiene 50 años se encuentra internado en una institución de salud neuquina.
El Tribunal Superior de Justicia de Neuquén había avalado el pedido de las hermanas del paciente para "la supresión de la hidratación y la alimentación", pero el curador judicial y el representante del Ministerio Público de Incapaces apelaron esa decisión.
En su dictamen, la Procuradora tuvo en cuenta un informe del Cuerpo Médico Forense que indicó que "de acuerdo con los estudios de resonancia nuclear magnética, el daño cerebral es irreversible".

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