28 de mayo 2014 - 00:00

Reincidencia: la Corte confirmó que es legal como agravante

Enrique Petracchi y Eugenio Zaffaroni
Enrique Petracchi y Eugenio Zaffaroni
La Corte Suprema de Justicia se inclinó ayer por la constitucionalidad de la figura de la reincidencia. Se trata de uno de los aspectos más polémicos de la reforma penal que propone el Gobierno en el Congreso. Con cinco votos, el máximo tribunal confirmó la validez de la norma por la que se declara reincidente a quien, habiendo antes cumplido una condena de prisión efectiva, comete luego un nuevo delito. La declaración de reincidencia tiene por principal consecuencia impedir al condenado obtener la libertad condicional.

Tal como anticipó este diario, la resolución se dio en el marco de un fallo en el cual una persona había sido condenada por la autoría de los delitos de portación ilegal de arma de fuego y de robo doblemente agravado por su comisión con arma de fuego y por la intervención de un menor de dieciocho años, en grado de tentativa.

El fallo se remitió al dictamen fiscal y contó con las firmas de Ricardo Lorenzetti, Juan Carlos Maqueda, Elena Highton de Nolasco, Carlos Fayt y Enrique Petracchi. En tanto, Eugenio Zaffaroni se encuentra ausente.

La resolución ofrece mensajes hacia el exterior, en plena discusión por el proyecto que el oficialismo quisiera votar en el Congreso. La comisión redactora, que encabezó Zaffaroni, estableció la eliminación del instituto de la reincidencia, aunque esto tuvo disidencias internas, como fue el caso del diputado del PRO Federico Pinedo. Pero también, y de modo más sigiloso, arroja señales hacia el interior del máximo tribunal, donde el debate genera diversos ánimos según las vocalías.

En el mes de marzo, y con la presencia de dos penalistas (Argibay y Zaffaroni) la Corte se abstuvo de pronunciarse sobre la reincidencia. Emitió, por la mayoría y con la disidencia de Zaffaroni, una resolución fundada en el artículo 280, que catalogó a la reincidencia como un tema insustancial para los ministros. Sólo Zaffaroni pidió abrir el debate y llegar a un pronunciamiento.

Ayer el tema reapareció y los mismos jueces, con la excepción de Lorenzetti, que firmaron por el 280 en marzo y dejaron firme una sentencia de la Casación, ahora recalcularon y se inclinaron por la constitucionalidad en un acuerdo sin la presencia de penalistas.

Este fallo se generó por una sentencia de la Sala III de la Casación Penal federal. Tomó cuatro años elaborarlo (la sentencia es de 2010) y cuando llegó el momento los justices le hicieron un guiño al dictamen del procurador fiscal Eduardo Casal. Un detalle: ese dictamen se sustenta en el caso de carátula Gómez Dávalos que fue resuelto por la Corte Suprema de 1989, durante la administración de Carlos Menem. El criterio de esa composición cortesana se impuso ayer al del único penalista que queda en la actual (y que volverá a mediados de julio).

La resolución también tiene una mención determinante a la causa Gramajo, en la cual esta misma Corte declaró inconstitucional el criterio de la multirreincidencia. El fallo que confirmó la reincidencia se remitió únicamente al voto del juez Petracchi en el caso Gramajo. En el párrafo 16 de ese escrito, el ministro marcó una clara diferencia entre la multirreincidencia y la reincidencia. Ese giro fue la clave ayer para eludir la tesis de Zaffaroni que sugiere que si para la Corte la multirreincidencia es inconstitucional, la reincidencia también debería serlo. Petracchi fue el último en firmar la sentencia que se conoció ayer.

La ausencia del ministro dará lugar también, en los distintos ámbitos dedicados a estos avatares, a nuevos debates relacionados con la construcción de una legitimidad que no sólo está en el hecho de lograr una artimética firme de los votos, sino también en la riqueza técnica de los mismos y en la sofisticación de sus concepciones y argumentos según el paso del tiempo y de las ideas.

Es una vieja máxima cortesana -que la actual composición acostumbra a tener presente- que la autoridad del tribunal nunca debe sustentarse en resoluciones que encuentran su fuerte en el origen supremo, en la cima de un poder de Estado, sino en la calidad de quienes las redactan.

El fallo es también un mensaje hacia las instancias inferiores, especialmente para la Casación Penal que desde hace meses manejaba la posibilidad de organizar un plenario para sentar posición respecto de la reincidencia. Era una iniciativa del actual presidente de ese tribunal, Mariano Borinsky. Ya no será necesaria.

Dejá tu comentario