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Revés judicial para el campo
Los vocales del organismo concluyeron que el reclamo no debió plantearse a través del amparo ya que existen otros procedimientos más adecuados; y advirtieron que la Cámara de Apelaciones de Gualeguaychú no debió admitir el mecanismo del amparo porque existe jurisprudencia de la Corte Suprema sobre casos tributarios que van en contra de esa decisión.
También recuerda que los fallos de la Corte Suprema coinciden en que hay que pagar primero y protestar después, y que el amparo no es el camino por donde debe transitarse para llegar a resultado técnico alguno, menos aún si no se puede alegar un perjuicio del derecho de propiedad.
El STJ concluyó que no le compete al Poder Judicial pronunciarse sobre «la eficacia o ineficacia de las leyes bajo su concepto puramente económico o financiero», sino que «sólo le incumbe declarar si repugna o no a los principios y garantías contenidos en la Constitución Nacional, lo que en esa causa no se había planteado», agrega el fallo.
En Entre Ríos el revalúo del impuesto inmobiliario rural dio lugar a una serie de manifestaciones de los ruralistas frente a la Casa de Gobierno, encabezados por el presidente de la delegación local de la FAA, Alfredo de Angeli.


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