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Servini aplica castigo sólo a voto porteño
En una resolución que dio a conocer ayer en Tribunales con fecha del martes último, Servini ratificó: «Aquellos ciudadanos que no cumplan su deber de sufragar en las próximas elecciones internas, abiertas, simultáneas y obligatorias y no justifiquen su omisión, en el plazo de 60 días, no podrán votar en las elecciones generales del 23 de octubre de 2011, en el distrito Capital Federal».
«El artículo 45 de la Ley 26.571 establece que sólo pueden participar de las elecciones generales aquellas agrupaciones que hayan obtenido como mínimo un total de sufragios igual o superior al 1,5 por ciento de los votos válidamente emitidos», dijo allí Servini.
«Debo velar con extrema dedicación por el cumplimiento de la obligación constitucional de votar, en el entendimiento de que el principal bien jurídico a tutelar es el sistema democrático.

