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SRL: constitución ante IGJ mediante trámite exprés
La inscripción se realizará en un plazo de 24 horas en tanto no medien observaciones y por medio del mismo trámite se entregará la CUIT junto con la "certificación de inscripción".
Beneficios: Reducción de tiempos y costos
Se reducen y simplifican los procedimientos requeridos para que las nuevas sociedades puedan operar inmediatamente, así como también los costos asociados ya que no deberá presentarse el trámite de individualización y rúbrica de libros para obtener los libros obligatorios rubricados:
Trámite urgente. Costo: El costo del trámite es de $4.350, sin considerar honorarios profesionales, certificaciones y la compra de los libros contables y societarios.
La IGJ emitirá las obleas de seguridad correspondientes a los libros: diario, inventario y balances, y actas de reuniones de gerentes y socios, tras inscribirse el instrumento constitutivo y procederá a rubricar los libros correspondientes, los cuales deberán ser retirados por mesa de entradas del área Intervención y Rúbrica de Libros por el representante legal o persona autorizada en el instrumento constitutivo(1). Para el retiro de los libros será requisito exhibir documento de identidad y la certificación de la inscripción.
Tipo de trámite urgente 24hsMódulos (*)$$Constitución964.3204.320Individualización y rubrica321.440---Tasa de constitución DA 46/200130Total4.350(*) Valor del módulo: $ 45Tipo de trámite comúnMódulos (*)Valor módulo ($)$Reserva de denominación(2) 645270Constitución24451.080Individualización y rubrica845360Tasa de constitución DA 46/200130Total1.740
Documentación requerida: Detalle
La documentación a presentar es la siguiente:
• Contrato social (Copia simple y protocolar) (Por Instrumento Privado con certificación de firmas) o escritura pública(3)
• Dictamen de precalificación profesional (Instrumento privado: abogado o Instrumento público: escribano; si hay aportes e bines no dinerarios o participación de otra sociedad, también de graduado en ciencias económicas) no olvidar mencionar que el gerente o gerentes no está/n en el listado de terroristas
• Formulario de actuación de constitución
• Formulario (AFIP) F185 del Registro Nacional de Sociedades (excluyente) Acreditación de presentación ante la AFIP
• DDJJ de sede social efectiva (Copia simple y protocolar)
• Acta notarial del capital social (para no hacer el depósito bancario)
• Documentación que acredite la aceptación del cargo por parte de los integrantes de los órganos de administración y fiscalización, en su caso, si no comparecieron al acto constitutivo, con sus firmas certificadas notarialmente o ratificadas ante la Inspección General de Justicia
• Documentación que acredite la constitución de la garantía que deben prestar los gerentes titulares. En caso que el gerente haya obtenido un seguro de caución podrá acompañarse copia de la póliza de seguro de caución correspondiente suscripta por el profesional dictaminante.
• Declaración jurada de Persona Políticamente Expuesta (PPE) solo gerente
• Edicto (Art. 10 LGS) Firmada por autorizado
• Reserva de denominación (No obligatoria, pero necesaria), de haberse realizado y estar vigente
• Declaración jurada de beneficiario final (de cada socio, de corresponder)
• Libros de inventario y balances, diario y de actas de reunión de socios y gerencias
• Comprobante de pago de tasas retributivas
A los fines de poder entregar la CUIT junto con la certificación de inscripción, además de los requisitos para la presentación del trámite estipulados en la resolución general (IGJ) 7/2015, deberá acompañarse la declaración jurada Formulario AFIP 185, establecida en la resolución general conjunta (AFIP - IGJ) 2325-5/2007, la que se completa a través del aplicativo correspondiente(4), junto con la constancia de la presentación que genera dicho aplicativo, la cual contiene el número de transacción otorgado. Para que el mencionado formulario sea admitido como válido, el campo denominación social no deberá incluir el aditamento correspondiente al tipo societario.
El ÍTER del trámite de constitución (Instrumento Privado con aportes dinerarios), pasos a seguir:
• Reserva de denominación
• Cerrar acto constitutivo y certificar firmas
• Acta notarial sobre capital social
• DDJJ sede social efectiva
• Publicar edicto
• Contratar la garantía del administrador (gerente) (Ej. Póliza de caución)
• Legalizar dictamen de abogado
• Confeccionar formulario de actuación y adquirir los libros mencionados en el apartado anterior
• Pagar las tasas
• Juntar la documentación de "A"
• Sacar turno por la web
• Presentar trámite
• Contestar vistas de corresponder/ en su caso desglosar
• Retirar trámite (ver punto siguiente)
Las inscripciones se realizarán en el plazo de 24 horas, siempre y cuando el trámite no tenga vistas (observaciones). Las presentaciones deberán realizarse en la sede de IGJ en el horario de 8 a 9, sin turno, con la documentación requerida (ver punto anterior) para dicho trámite.
Además, se deberá presentar copia del Formulario 185 de la AFIP (emitido por el aplicativo RNS) y de la constancia de presentación del mismo ante dicho organismo. Este nuevo requisito es excluyente.
Transcurridas las 24 horas, la IGJ entregará el trámite finalizado, con el instrumento constitutivo inscripto, la CUIT de la sociedad asignada y los libros de inventario y balances, diario y de actas de reunión de socios y gerencias debidamente rubricados.
Retiro del trámite
La inscripción podrá retirarse por Mesa de entradas en el horario de 8 a 14; en tanto, los libros podrán ser retirados por el representante legal o persona autorizada en el instrumento constitutivo, a partir del día hábil siguiente a la presentación, en el horario de 11 a 13, por la Mesa de entradas de Rúbricas (Moreno 251).
En tanto, la documentación que se presente en alguno de los puestos de atención ubicados en los Colegios o Consejos profesionales (exclusivo matriculados) ingresará a IGJ el día hábil posterior. A partir de este momento correrá el plazo de las 24 horas.
(*) Especialista en Derecho del Trabajo y Seguridad Social y en Derecho Societario y da la Empresa
1) A partir del día hábil siguiente a la presentación del trámite de constitución, en el horario de 11 a 13 horas.
2) La misma no es obligatoria, pero es importante realizar la reserva a los fines de verificar la disponibilidad de la denominación, la misma dura 30 días.
3) Primer testimonio de escritura pública de constitución o instrumento privado original -con sus firmas certificadas por escribano público, o bien ratificadas ante la Inspección General de Justicia.
4) Al que se accede desde el sitio web institucional de la Inspección General de Justicia (http://www.jus.gov.ar/igj) o desde (http://www.afip.gob.ar/Aplicativos/oProgramasImpositivos/registroNacional.asp).


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