30 de agosto 2013 - 00:00

SU DINERO PERSONAL: un tal “pignoraticio”

"Necesito hacer una inversión personal y me sugieren empeñar una alhaja, vieja herencia familiar... ¿Sigue existiendo esta posibilidad? ¿Es mejor esta alternativa que acceder a un préstamo personal?" (Antonia Domínguez, Palermo)

SU DINERO PERSONAL: un tal “pignoraticio”
Sí, la posibilidad de lograr fondos a través del empeño de un bien aún existe. Si bien esta modalidad disminuyó en los últimos años (y tuvo un momento de auge en los años posteriores a la crisis de 2001), el Banco Ciudad es el único que aún la ofrece en Capital Federal, y otras entidades en el interior, como el Banco Municipal de Rosario y el Bancor, en Córdoba. Ante la pregunta de Viernes,Carlos Eduardo Leiza, gerente de Crédito Pignoraticio (tal como se conoce a este tipo de préstamos) del Banco Ciudad, explicó que existen dos opciones: por un lado, la línea de pignoraticio propiamente dicha, a 150 días, con pago del capital e intereses al vencimiento (a los 150 días), con una tasa nominal anual (TNA) de 21 por ciento; por otra parte, la línea "expreso", en la que se devuelve el préstamo en cuotas (hasta 48 meses), amortiza por el sistema francés (ver Glosario), y la TNA varía según el plazo. Si es en 12 cuotas, llega al 22,5% y, cuando se opta por 18, 24, 36 o 48 meses, es de un punto porcentual más: 23,5%. Hay que tener en cuenta que a la TNA se deben adicionar otros gastos para llegar al costo financiero total (CFT) que, para el caso de 48 cuotas, asciende a un 40% anual.

Para conseguir este tipo de financiación, el cliente debe ir a una sucursal del banco con el bien en cuestión que se va a dejar en garantía (alhajas y relojes, principalmente). Los requisitos no son más que la "joya" a empeñar y el DNI. "El pago es en forma inmediata y se estima en un 50% (aproximadamente) del valor de tasación del bien. La valuación dependerá de las características de cada bien y la devolución del préstamo se hace mediante débito en cuenta de caja ahorros gratuita", agregó Leiza.

Si bien el crédito pignoraticio se rige por interés variable, "en virtud de ser un préstamo social, el Banco no mueve su tasa desde hace más de 4 años", afirmó Leiza. Además, comparó que en el caso de un préstamo personal, si se opta también por una tasa variable, el interés que se paga es similar "pero se elevaría a algo más del 50% si es a tasa fija, cuando se evalúa para un plazo de 48 meses".

Otras ventajas del pignoraticio radican en que, por su condición de ser un préstamo social, se cobra en el momento, no se requiere más documentación que el DNI ni tampoco antecedentes laborales ni comerciales, y sólo se necesita dejar en garantía un bien que, a criterio del banco, pueda quedar en resguardo del dinero obtenido (en este caso alhajas, relojes de oro y lingotes de oro). "Se debe destacar que toda aquella persona física que, alguna vez, haya comprado lingotes de oro en el banco, tiene un préstamo preaprobado con garantía del lingote", buscó incentivar Leiza.

Este tipo de créditos funciona desde hace más de 100 años y, según estadísticas del Ciudad, tiene un bajo nivel de morosidad: el 97% de quienes lo utilizan cumplen con el pago y, por ende, recuperan la joya que dejaron como garantía.



"Luego de la explosión en el edificio de la calle Salta, en Rosario, y pensando en que uno atraviese sólo daños materiales ante una situación similar, quiero saber qué seguros deben pagar los edificios para estar cubiertos ante accidentes de este tipo".

(Guillermo Paredes, Vicente López)




La Ley 13.512 de Propiedad Horizontal establece la obligación de contratar un seguro de incendio para cubrir las partes comunes del edificio y la responsabilidad civil derivada. Esta póliza protege ante rayo, explosión, tumulto popular, huelga, lock out, terrorismo y hechos de vandalismo y malevolencia, así como también frente a daños por impacto de aeronaves, vehículos terrestres, sus partes y componentes y daños por humo, según señalaron desde la Asociación Argentina de Compañías de Seguros (AACS).

Sin embargo, el presidente de la AACS, Francisco Astelarra, advirtió que "a pesar de la obligatoriedad sólo entre el 15 y el 20 por ciento de los edificios y de las casas particulares cuentan con seguro de incendio. Y su costo es apenas de 1 por mil del valor a proteger".

En el caso de ocurrir el siniestro, el seguro pagaría el costo de la reconstrucción de las partes comunes hasta el monto contratado. Y cada propietario deberá encargarse con sus fondos o su seguro de reparar o reconstruir su propio departamento.

Si la suma asegurada es superior al valor a riesgo total, incluidas las partes propias, el seguro pagará un importe suficiente para reconstruir todo el edificio. En ninguno de los casos cuenta el valor del terreno, sólo el costo de la reconstrucción o reparación.

Para estar totalmente cubierto, cada consorcista debería contar además con un seguro propio de incendio y/o los denominados "combinado familiar". De esta manera, se le resarciría hasta el monto asegurado los daños ocurridos en su propio departamento. Pero hay que aclarar que este seguro es voluntario.

La combinación de ambas pólizas, contratadas en valores realistas y actualizados de acuerdo al patrimonio a proteger, es la respuesta más eficiente ante un siniestro de proporciones como el ocurrido en Rosario.

En cuanto a la responsabilidad civil, es decir, los daños generados a las personas y a sus bienes, los consorcistas de la propiedad siniestrada son considerados terceros respecto del mismo consorcio. La póliza del edificio debería resarcirlos, así como también a los vecinos linderos o transeúntes dañados. De igual manera, actuarían los seguros voluntarios individuales contratados por los consorcistas en cada caso, aclararon desde la AACS.

Y explicaron que contratar un seguro de incendio, robo, o un combinado familiar, requiere tener en cuenta los valores de los bienes a proteger. Subestimarlos es contar con una cobertura insuficiente. "El costo de una póliza de incendio es mínimo, no supera el 1 por mil del valor a proteger. En los otros 2 casos, robo y combinado familiar, debería contratarse luego de un meticuloso inventario de las pertenencias", detallaron.

"Aunque la ocurrencia de estos siniestros es muy baja, cuando acontecen suelen ser devastadores en costos de bienes muebles, inmuebles y, ni qué hablar, cuando involucran vidas humanas. En la mayoría de los casos arrasan con el esfuerzo de toda una vida. Estar protegidos frente a los mismos permite reponerse en lo material de manera más eficiente, rápida y menos traumática", concluyó Astelarra.

Producción: María Iglesia

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