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Vuelve a usarse el dato Indec
Según establece la Resolución 203/2016 publicada ayer el Boletín Oficial, para el cálculo del CER se aplicará el Índice de Precios al Consumidor publicado por el Indec durante los períodos comprendidos entre el día 16 del mes en que se informa la variación de precios del mes anterior y el 15 del mes siguiente, ambas fechas inclusive, con un periodo de empalme que se extenderá entre el 26 de junio y el 15 de julio del corriente año.
Hasta que se completó la normalización del INDEC, el Gobierno dispuso como alternativas los índices que elaboran la Ciudad de Buenos Aires y la provincia de San Luis, con mayor utilización de este último.


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