20 de diciembre 2023 - 00:00

Expectativa por el capítulo laboral del DNU de reforma económica

Más indemnizaciones “a lo UOCRA”, el fin de las multas por mala registración y la ampliación del período de prueba, entre los ítems más firmes.

 

 

La segura inclusión de un capítulo de reforma laboral en el decreto de necesidad y urgencia (DNU) de desregulación económica del Gobierno mantenía ayer en vilo a funcionarios, sindicalistas y abogados que en las últimas semanas intercambiaron negociaciones, borradores y discusiones vertiginosas. Con la CGT como interlocutor casi único en los gremios, la gestión libertaria se aprestaba a dar a conocer algunos ítems sobre los cuales supone no habrá mayor resistencia y que este diario reveló en los últimos días: la extensión a otras actividades del denominado “fondo de cese” que rige en el gremio de la construcción de Gerardo Martínez, en lugar de la indemnización regular; la supresión de las multas por mala registración, y la posible ampliación del período de prueba de 3 a seis u ocho meses.

Hasta última hora los equipos de LLA debatían con el secretario de Legal y Técnica, Javier Herrera Bravo, sobre los puntos factibles de sumar a un DNU sin un riesgo inmediato de judicialización. Entre ellos también figuraba un sistema de simplificación registral para trabajadores bajo relación de dependencia. Y, eventualmente, una flexibilización del criterio de “irrenunciabilidad” que impide a empleadores y asalariados pactar de manera individual condiciones laborales “a la baja” incluso si se tratara, en la argumentación oficial, de una conveniencia para el empleado. Esta última premisa es una de las bases de la actual normativa laboral de carácter progresiva según la cual ningún cambio en las condiciones de contratación pueden ser en perjuicio del dependiente.

Otros artículos sobre los cuales Javier Milei mostró interés durante la campaña parecieron haber quedado relegados por la escasa posibilidad de un tránsito sin obstáculos en un decreto. Por caso, anoche había perdido fuerza la alternativa de suprimir la ultraactividad, la garantía de vigencia de los convenios colectivos en tanto no se lo sustituya por uno nuevo de común acuerdo. Este punto formaba parte del corazón de la flexibilidad laboral votada en el gobierno de la Alianza (la denominada “ley Banelco”) que terminó por ser derogada en 2004 y apenas tuvo aplicación. La CGT, en este caso, había adelantado su oposición en este aspecto.

Tampoco hubo consenso entre los especialistas libertarios para anular las denominadas “cuotas solidarias” que los gremios incluyen en los convenios colectivos, con aval de las cámaras empresarias, para retener un porcentaje del salario a los trabajadores no afiliados a la organización bajo el criterio de que, al igual que quienes aportan a la institución, son beneficiarios de la gestión negocial en cada paritaria. La sola mención de un artículo de esa naturaleza puso en guardia a algunos de los gremios más importantes de la Argentina que tienen parte de su andamiaje sostenido en esas cuotas. El gobierno de Cambiemos intentó por varios métodos ponerles fin e incluso logró suspenderlas por un período en el caso de la Asociación Bancaria aunque la Justicia terminó por restituírsela.

A última hora persistían las dudas por otros tópicos que los funcionarios les habían mencionado a los abogados de la CGT como de posible inclusión en el DNU. Entre ellos, la tasa de interés aplicable a los créditos laborales y la eventual adecuación de la norma indemnizatoria al fallo Vizzoti, que invalidó el tope en la base de cálculo de los pagos por antigüedad en caso de despido.

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