En el cierre del año legislativo, el Gobierno envió un proyecto que modifica la actual Ley N° 27.430 de impuestos a las Ganancias, provocando que alcance a inversores de diferentes herramientas del mercado. Por el momento, la redacción que lleva el nombre de "Competitividad Financiera" ingresó para su tratamiento a la Cámara de Diputados y debe transitar un proceso de debate en comisiones, por lo que si el oficialismo desea sancionarlo en el 2026 deberá incluirlo en el período de sesiones extraordinarias.
El proyecto cuenta con la firma de Javier Milei, Diego Santilli y los ministros Luis Caputo, Alejandra Monteoliva y Federico Sturzenegger, pero lleva la marca de este último: una redacción con 240 artículos que alcanza múltiples áreas y establece en sus fundamentos como columnas principales la "neutralidad tecnológica" y la "eliminación de restricciones injustificadas".
Entre sus medidas, en su artículo 179 elimina la exención del impuesto a las Ganancias que alcanza a aquellos que eligieron Fondos Comúnes de Inversión, mientras que el artículo 230 replica la medida en aquellos compradores de Cedears. Además de equiparar condiciones para quienes inviertan en activos en el exterior y aquellos que optan por instrumentos nacionales, la decisión podría provocar mayor recaudación en Ganancias, lo que tendría un impacto positivo en la recaudación de la Coparticipación Federal.
Sobre la iniciativa que se presentó este mismo martes, el asesor del Ministerio de Economía, Felipe Núñez, aseguró en redes sociales que la medida "quedó de un borrador viejo. Se va a retirar". Desde el ministerio le respondieron a Ámbito con la misma versión.
Impuesto a las Ganancias sobre Cedears: qué propone el Gobierno
La modificación está contemplada en el artículo 230 del proyecto, que propone sustituir el inciso u) del artículo 26 de la Ley del Impuesto a las Ganancias, donde se establecen las exenciones aplicables a determinados instrumentos financieros. Actualmente, los resultados obtenidos por la compraventa de Cedears que cumplen con los requisitos legales se encuentran exentos del impuesto a las Ganancias para las personas humanas residentes en Argentina.
Milei junto a Sturzenegger.
Con la reforma, los Cedears adquiridos desde el 31 de octubre de 2026 pasarían a recibir el mismo tratamiento fiscal que los activos extranjeros que representan, por lo que las ganancias obtenidas por su venta podrían quedar gravadas, incluso cuando los certificados se negocien en el mercado argentino. La modificación propuesta no establece un impuesto sobre la mera tenencia de los Cedears, sino que apunta a gravar los resultados obtenidos por su venta.
En los fundamentos del proyecto, el Poder Ejecutivo sostiene que la legislación actual genera una diferencia impositiva entre quienes adquieren directamente activos financieros en el exterior y aquellos que invierten en esos mismos instrumentos mediante certificados negociados en Argentina. Para corregir esa situación, el Gobierno propone aplicar un principio de transparencia fiscal, conocido como look-through, que consiste en considerar la naturaleza del activo subyacente para determinar el tratamiento tributario del certificado.
Ley de Competitividad Financiera
La iniciativa también propone modificaciones de artículos del Código Civil y Comercial para aceptar títulos sin papel y darle validez legal a la tokenización de activos. Un punto que acompañía a la tendencia de modernización es la posibilidad de determinar activos digitales como garantía. Asimismo se explicita la posibilidad de que valores negociables sean emitidos, almacenados, transferidos y negociados mediante blockchain.
Otra medida que promueve es que permitiría que las sumas para pagarés se establezcan en unidades de medida con valor varible en lugar de cifras fijas, bajo el argumento de que esta herramienta se utiliza para financiamiento de corto plazo por el desincentivo que genera el contexto inflacionario. También determina pagarés sobre bienes físicos, lo que habilita prometer entregas de productos agrarios, minerales o industriales.
Proyecto de Competitividad Financiera