La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) tiene publicado en su página cuántos días deben tomarse las empleadas domésticas en el caso quedar embarazadas y puedan tomarse la licencia por maternidad.
Al quedar embarazada, la empleada doméstica tiene el derecho a la licencia de maternidad. Conocé los detalles.
Durante el periodo de licencia de embarazo , el empleador podría contratar a otra persona
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) tiene publicado en su página cuántos días deben tomarse las empleadas domésticas en el caso quedar embarazadas y puedan tomarse la licencia por maternidad.
El contenido al que quiere acceder es exclusivo para suscriptores.
Si bien los días que corresponden son los mismos que cualquier otra persona gestante, lo cierto es que el trámite es distinto. A Continuación, los detalles.
La duración de la licencia por maternidad es de 90 días corridos que la trabajadora deberá tomar obligatoriamente
Se podrán repartir entre 45 días antes y 45 días después de la fecha probable de parto (según certificado médico), o bien 30 días antes y 60 días después. En tanto, si el parto se adelanta, se tienen que cumplir los 90 días.
Para informar la licencia, se deberán seguir los siguientes pasos:
Durante el período de la licencia, las trabajadoras de casas particulares podrán seguir cobrando por su trabajo y las asignaciones que otorga la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
Durante la licencia, la ANSES paga a la trabajadora la prestación por maternidad (una de las asignaciones familiares previstas), que equivale al sueldo que cobra de manera habitual. Sin embargo, el empleador se lo debe pagar hasta que la licencia se haga efectiva.
Durante este período, el empleador podría contratar a otra persona bajo la modalidad de trabajadora eventual: al darle de alta en la AFIP, debe incorporar la fecha de baja.
Dejá tu comentario