El Programa de Asistencia al Trabajo y la Producción (ATP) es una ayuda del Estado a las empresas para pagar salarios. Los empleados que lo perciban no podrán comprar dólar ahorro.
El Programa de Asistencia al Trabajo y la Producción (ATP) es una ayuda del Estado a las empresas para pagar salarios. Los empleados que lo perciban no podrán comprar dólar ahorro.
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En el marco de las medidas para tratar de controlar la fuga de divisas, el Gobierno determinó que los empleados de empresas que hayan abonado los salarios mediante el ATP no podrán adquirir dólar ahorro en el marco del endurecimiento del cepo cambiario.
En agosto pasado, 1,7 millones de empleados percibieron el ATP, por lo que quedan automáticamente inhabilitados para comprar divisas.
Fuentes del Banco Central indicaron que el ATP constituye un "plan de asistencia y está incluido en la comunicación A7105", por lo que los trabajadores que hayan percibido esa asistencia no podrán comprar moneda extranjera.
El último ATP, correspondiente al pago de los salarios devengados durante agosto, alcanzó a 150 mil empresas y 1,7 millones de trabajadores.
Esa porción de la población no podrá acceder a la compra de dólar ahorro, tal como ocurre con los beneficiarios del Ingreso Familiar de Emergencia (IFE) y Asignación Universal por Hijo (AUH) o con quienes refinanciaron la tarjeta de crédito o solicitaron un crédito a tasa cero.
Desde el Banco Central todavía no pudieron aclarar si la traba para comprar divisas para atesoramiento va a regir sólo para quienes cobran actualmente el ATP o si también alcanzará a aquellos que lo recibieron por única vez en el inicio de la emergencia sanitaria, que son unos 2,3 millones.
El Gobierno confirmó días atrás el sexto pago para octubre -salarios de septiembre- con el fin de atender a empresas afectadas por las medidas de aislamiento social.
Según indicó, el 99% de las firmas que participaron del programa son pymes.
En esta nueva edición del ATP, el Poder Ejecutivo extendió los beneficios del programa a actividades que se consideran afectadas en forma crítica, como así también aplicó medidas de tratamiento sectorial y las condiciones para el acceso y liquidación de los beneficios de Salario Complementario.
El programa establece distintos beneficios, entre ellos, la asignación del Salario Complementario para los trabajadores y trabajadoras en relación de dependencia del sector privado, la postergación o reducción de hasta el 95% del pago de las contribuciones patronales al Sistema Integrado Previsional Argentino, y un crédito a tasa subsidiada para empresas.
De acuerdo con las nuevas pautas del programa, las empresas que mantengan su plantilla o incorporen trabajadoras/es en la comparación interanual con 2019, podrán beneficiarse con la reducción de las cuotas.
El Gobierno mantendrá el mismo esquema con el agregado de que los créditos a tasa subsidiada –destinados a todas las empresas con incremento de facturación de 0% al 30% junio 2020 versus junio 2019–puedan convertirse en subsidios siempre y cuando se conserven y creen nuevos puestos de trabajo.
En los próximos días se abrirá el plazo para que las empresas puedan inscribirse en el ATP y deberán esperar si son aprobadas o no. Luego será ANSES quien se encargue de depositar en la cuenta de los empleados los salarios.
En la página web de la ANSES, en el apartado Asistencia de Emergencia para el Trabajo y la Producción (ATP) se puede chequear el estado del trámite de cada trabajador cuya empresa se suscribió. Para hacerlo, basta con ingresar en https://servicioscorp.anses.gob.ar/ATPConsulta/ con el número de CUIL.
La ANSES informa si el trabajador está registrado en el programa o no. En caso de negativa, aconseja consultar con el empleador. En caso afirmativo, informa la fecha de cobro si la misma ya fue determinada por el organismo.
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