ANSES ya tiene definido el cronograma de pagos correspondiente a agosto para jubilados, pensionados, titulares de la Asignación Universal por Hijo (AUH), Asignación por Embarazo (AUE) y el resto de las prestaciones. Como todos los meses, los depósitos se realizan de manera escalonada según la terminación del DNI.
Durante agosto, los haberes se liquidan con el aumento del 1,89%, calculado mediante la fórmula de movilidad vigente, que toma como referencia la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC). Además, sigue vigente el pago del bono extraordinario para jubilados y pensionados que reúnen las condiciones establecidas por el Gobierno nacional.
Los beneficiarios con DNI terminados en 2 y 3 cobrarán en distintas fechas según la prestación que perciban. Mientras las jubilaciones mínimas, la AUH y la AUE comparten prácticamente el mismo cronograma, quienes perciben haberes superiores al mínimo tienen un calendario diferente que empieza sobre el cierre del mes.
¿Cuándo cobran los DNI terminados en 2 y 3 en agosto?
ANSES confirmó que los beneficiarios cuyos documentos finalizan en 2 y 3 percibirán sus haberes en diferentes jornadas dependiendo del beneficio correspondiente. Las principales prestaciones mantienen el siguiente esquema:
- jubilaciones y pensiones que no superan el haber mínimo: segunda semana de agosto
- AUH y Asignación Familiar por Hijo: segunda semana de agosto
- Asignación por Embarazo: segunda semana de agosto
- jubilaciones y pensiones superiores al haber mínimo: fines de agosto
Es posible consultar la fecha individual de cobro ingresando a Mi ANSES con CUIL y Clave de la Seguridad Social, donde además pueden verificarse los montos liquidados y el detalle de cada prestación.
Calendario de cobro Jubilaciones y Pensiones que no superen el haber mínimo
Los jubilados y pensionados cuyos ingresos no superan el haber mínimo cobran durante la primera parte del calendario mensual. Para quienes tienen DNI terminados en 2 y 3, las fechas confirmadas son:
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DNI terminado en 2: martes 12 de agosto
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DNI terminado en 3: miércoles 13 de agosto
Estos beneficiarios también perciben el incremento correspondiente a la movilidad de agosto y, en los casos previstos por la normativa vigente, el bono extraordinario que complementa los ingresos de quienes cobran los haberes más bajos. El resto del cronograma continúa con los documentos terminados en 4, 5, 6, 7, 8 y 9 durante las semanas siguientes hasta completar el calendario del mes.
Fechas de cobro para AUH y Asignación Familiar por Hijo
La Asignación Universal por Hijo y la Asignación Familiar por Hijo mantienen el mismo esquema de pagos que las jubilaciones mínimas. Durante agosto, el cronograma para los beneficiarios con documentos terminados en 2 y 3 quedó establecido de la siguiente manera:
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DNI terminado en 2: martes 12 de agosto
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DNI terminado en 3: miércoles 13 de agosto
En el caso de la AUH, ANSES sigue reteniendo el porcentaje previsto por la normativa, que luego puede recuperarse mediante la presentación de la Libreta AUH dentro de los plazos establecidos por el organismo. Ese trámite permite acreditar la asistencia escolar, los controles de salud y el cumplimiento del calendario de vacunación de los menores alcanzados por el beneficio.
Calendario de cobro Asignación por Embarazo (AUE) en agosto
La Asignación por Embarazo para Protección Social también respeta el mismo cronograma que la AUH. Para agosto, ANSES confirmó las siguientes fechas para los documentos finalizados en 2 y 3:
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DNI terminado en 2: martes 12 de agosto
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DNI terminado en 3: miércoles 13 de agosto
Jubilados y Pensionados que superan el haber mínimo: ¿cuándo cobran los DNI 2 y 3?
Los jubilados y pensionados cuyos haberes son superiores al mínimo cobran durante la segunda etapa del calendario mensual. En agosto, ANSES estableció que los beneficiarios con DNI terminados en 2 y 3 percibirán sus haberes el miércoles 26 de agosto. Ambos documentos comparten la misma fecha de acreditación.
Este grupo también recibe el aumento correspondiente a la movilidad previsional de agosto. Sin embargo, el bono extraordinario solo alcanza a quienes cumplen las condiciones fijadas por el Gobierno nacional, mientras que quienes superan el tope no acceden a ese refuerzo.