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4 de abril 2010 - 09:36

Córdoba: polémico fallo afirma que usar casco y cinturón de seguridad es una decisión personal basada en la "conciencia"

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Una polémica se generó luego de que un juez de Córdoba eximiera a dos motociclistas de pagar multas por no llevar cascos, ya que fundamentó que esa situación corresponde a la "intimidad y conciencia" de cada persona mayor de edad.

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Se trata del magistrado de la localidad de Santa Rosa de Calamuchita Carlos Gigena, quien consideró en el fallo que es parte del derecho individual y el mismo no pone en peligro a terceros, al tiempo que indicó que esa decisión la hace "extensible al uso de los cinturones de seguridad".

De todas maneras, se aclaró que la decisión del juez de faltas se produjo antes del fallecimiento de los adolescentes Giuliana Giménez y Miguel Portugal, quienes protagonizaron un accidente en Baradero con la moto y no llevaban cascos, en causas que están en etapa de investigación.

"El uso del casco o cinturón de seguridad en personas mayores comprende la intimidad, la conciencia, el derecho de disponer de sus actos, de su obrar, de su propio cuerpo, de su vida, en ejercicio de su libertad", señala uno de los párrafos de la resolución firmada por Gigena el 8 de octubre de 2009.

Gigena explicó en declaraciones a radio Cadena 3 que su fallo se basó estrictamente en consideraciones jurídicas y tomó como antecedente una resolución sobre dos casos particulares del Tribunal Superior de Justicia sobre la despenalización de la tenencia de drogas para el consumo propio.

"En esas causas, la Corte privilegió la libertad el hombre y ha puesto en un nivel expectante al artículo 19 de la Corte Superior de Justicia que determina que las acciones privadas de los hombres que no afectan a terceros están sólo reservadas a Dios. Interpretando esa norma, despenalizó el consumo y elimina el concepto de 'peligrosidad abstracta'", precisó el juez.

"En mi resolución hago lugar a la posición de los infractores cada vez que hacen uso a su derecho de libertad a usarlo e invocan la inexistencia de daños probables a bienes de terceros. En función a la interpretación que hace la Justicia entiendo que corresponde admitir la libertad en personas de mayores de edad para determinar si usan o no el casco y lo hago extensible al cinturón de seguridad", remarcó.

El magistrado falló de esta manera, luego de aceptar el descargo de dos motociclistas, Ariel Dimasi y Juan Fullana, que fueron multados por inspectores de tránsito por transitar sin casco.

Esta resolución de Gigena abrió una polémica y futuros debates en torno a la seguridad vial.

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