El Instituto de Previsión Social (IPS) de la provincia de Buenos Aires puso en marcha el calendario correspondiente a los haberes de agosto para jubilados y pensionados. La primera fecha de pago será este viernes 28, mientras que el segundo grupo deberá esperar hasta el lunes 31.
La distribución se realiza según la terminación del DNI de cada beneficiario y contempla tanto jubilaciones y pensiones como pensiones sociales no contributivas. El esquema oficial permite saber de antemano cuándo estará disponible el dinero y evitar confusiones al momento de consultar la cuenta o acercarse a una entidad bancaria.
El organismo provincial estableció un esquema de cobro distribuido según la terminación del documento de cada beneficiario.
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Calendario agosto 2026: cuándo cobro IPS
Este viernes 28 de agosto cobran las personas que reciben jubilaciones y pensiones del IPS y tienen documentos terminados en 0, 1, 2 y 3. En la misma jornada, también percibirán sus haberes quienes reciben pensiones sociales no contributivas, sin importar la terminación del DNI.
El cronograma continúa el lunes 31 de agosto, cuando será el turno de los jubilados y pensionados cuyos DNI finalicen en 4, 5, 6, 7, 8 y 9. De esta manera, el organismo completa el calendario mensual en dos jornadas hábiles. El esquema oficial queda así:
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Viernes 28 de agosto: jubilaciones y pensiones con DNI terminados en 0, 1, 2 y 3
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Viernes 28 de agosto: pensiones sociales no contributivas con DNI terminados del 0 al 9
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Lunes 31 de agosto: jubilaciones y pensiones con DNI terminados en 4, 5, 6, 7, 8 y 9
Paso a paso para tramitar la jubilación de IPS
Para acceder a una jubilación ordinaria del IPS hay que cumplir determinadas condiciones. La regla general establece 60 años de edad y 35 años de servicios, aunque existen regímenes particulares para docentes, trabajadores que realizaron tareas insalubres y otros grupos específicos.
En el caso de los docentes, el organismo contempla distintas alternativas: pueden acceder quienes tengan 50 años y 25 de servicios docentes, o quienes alcancen 55 años y 30 años de servicios docentes en cualquiera de las ramas de la enseñanza. También existen requisitos diferenciados para personal artístico de cuerpos de baile y personas alcanzadas por determinados regímenes especiales.
Un punto clave es determinar qué caja previsional corresponde otorgar el beneficio. El IPS actúa como caja otorgante cuando el afiliado registra allí la mayor cantidad de años de servicios con aportes. Si existen períodos aportados a otras cajas, deben acreditarse mediante el correspondiente Reconocimiento de Servicios.
El organismo contempla distintas modalidades para comenzar la jubilación. Una de ellas es el cierre de cómputos, mediante el cual el trabajador fija una fecha para calcular el beneficio y puede continuar trabajando y percibiendo su remuneración hasta que la jubilación sea otorgada, siempre que cumpla las condiciones y presente la documentación requerida. También existe la alternativa del cese definitivo.
El IPS también informa las condiciones y modalidades disponibles para quienes buscan iniciar el proceso previsional.
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Entre la documentación general solicitada aparecen el Formulario 136, DNI, constancia de CUIL o CUIT, cuatro pantallas de ANSES, el último recibo de sueldo, la certificación de servicios y el acto administrativo de cese. La certificación debe contemplar los 36 meses consecutivos o los 60 meses alternados correspondientes al mejor cargo, según las condiciones establecidas por el IPS.
El inicio del trámite depende de la situación laboral de cada persona. El IPS dispone de turnos presenciales para determinados agentes cesados, mientras que el sistema digital Mi IPS está habilitado para agentes cesados en escuelas privadas. También existen mecanismos específicos mediante los empleadores y la modalidad de Jubilación Ejecutiva para organismos que trabajan con el entorno SIAPE.