27 de septiembre 2007 - 00:00

Decretan a Mendoza provincia "libre de humo" Decretan a Mendoza provincia "libre de humo" Decretan a Mendoza provincia "libre de humo"

Dueños de bares y restoranes serán sancionados por incumplimiento de a la norma.
Dueños de bares y restoranes serán sancionados por incumplimiento de a la norma.
La Legislatura de Mendoza sancionó una ley que prohíbe fumar en todo lugar cerrado con acceso al público y la provincia se convirtió así en una de las más estrictas del país en la lucha contra el tabaco.

Esta norma se suma una dura ley vigente desde el año pasado que pone restricciones a la venta de alcohol y a los horarios de entrada y salida de los locales bailables.

La ley que prohíbe fumar y la que limita la diversión nocturna son objeto de una fuerte controversia entre sectores que están a favor y en contra de las mismas.

La ley antitabaco, que tardó más de un año en ser sancionada debido a los reclamos de comerciantes y de las tabacaleras, entrará en vigencia efectiva en enero próximo.

"Sacamos la ley para que no siguieran culpándonos de cajonear el proyecto, pero creemos que faltan algunos puntos, así que luego haremos una ley correctiva", señalo el diputado radical Raúl Vicchi.

Según el texto de la ley, sólo se podrá fumar en los casinos, cárceles y hospitales neuropsiquiátricos
.
En la capital de la provincia ya existe una ordenanza antitabaco, que se cumple a rajatabla, pero es algo más blanda que la nueva ley provincial, ya que permite a los comercios de más de 100 metros cuadrados aislar el 30 por ciento de sus locales para los fumadores.

De todas formas, esta ordenanza, cuestionada pero respetada, perderá vigencia cuando entre en vigor la ley, autoría del senador oficialista Sergio Bruni e impulsada por el gobierno del radical Julio Cobos, candidato a vicepresidente del Frente para la Victoria.

En el articulado se establece que la responsabilidad de hacer cumplir la prohibición será del Ministerio de Salud, repartición que aplicó fuerte presión política para que se sancionara la prohibición.

Los dueños de bares, restoranes, boliches y cualquier sitio público o privado con acceso del público serán sancionados con multas de 250 a 1.000 pesos en caso de detectarse a un cliente en violación a la norma.

En cuanto a la llamada Ley de Diversión Nocturna, sancionada en noviembre del año 2006, prohíbe la venta de alcohol de 23 a 7 en toda la provincia y obliga a los boliches a cerrar el ingreso de público a las 2 de la madrugada.

Además, los locales bailables deben dejar de vender bebidas alcohólicas a las 4 de la madrugada y desalojar el público a las 5:30.

Debido a los constantes controles de un cuerpo de inspectores, las restricciones se cumplen.

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