26 de marzo 2010 - 23:01

La Justicia apela a una webcam para dirimir un conflicto familiar

La Cámara Civil porteña autorizó a una mujer a radicarse en España junto con sus dos hijos, aunque le fijó como condición que los menores mantengan fluido contacto con su padre, en la Argentina, por cualquier vía, y especialmente a través de una cámara Web por Internet.

Así lo resolvió la Sala H del Tribunal, en una disputa entre la mujer y su ex marido, en el medio de la cual ella, al formar una nueva familia, optó por viajar con sus hijos a Europa, para vivir en España.

Los camaristas Claudio Kiper, Jorge Mayo y Liliana Abreut de Begher, ahora autorizaron a la mujer a viajar hacia España para radicarse allí con sus hijos, pero fijaron para el padre "amplios períodos de estadía en las vacaciones de los niños, régimen de visita amplio a su favor y otras formas de comunicación fluida".

Así, los jueces detallaron que la comunicación podría ser vía "telefónica, epistolar o por los medios electrónicos modernos, incluyendo las webcam".

Al resolver el planteo, los jueces tuvieron en cuenta "las manifestaciones de los menores", quienes habían decidido permanecer con su madre.

"Los menores tienen buena relación con ambos progenitores, quienes se constituyen en seres capaces de brindar apoyatura, referencia y estructura de base en su desarrollo psíquico-afectivo", señalaron los jueces de la Sala H en el fallo.

Los magistrados tuvieron en cuenta el "interés superior del niño" al autorizar que vayan a vivir al exterior con su madre, pero aclararon que "la decisión no goza de los efectos de la cosa juzgada ni causa estado, pudiendo ser revisable -cuando las circunstancias aconsejen soluciones diversas a la adoptada en el presente- siempre en beneficio de los menores" de edad. 

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