- ámbito
- Judiciales
Corte: otro paso para reducción de cantidad de causas
Carmen Argibay
Ayer, al tomar el caso, la Corte Suprema aprovechó para abofetear a los camaristas de Casación. Les recordó que el origen de ese tribunal de alzada es garantizar el estricto y celoso cumplimiento de la voluntad política expresada en la ley. Y, además, que constituye la vía a la que todo condenado puede recurrir en virtud del derecho que consagran la Convención Americana sobre Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
De esta manera, sostuvo que al rechazar el caso, la máxima Cámara Penal « restringió el alcance del recurso de casación», ya que no se avocó a tratar las cuestiones planteadas por las partes. Esto es, la validez de la construcción de la sentencia del tribunal oral y sus fundamentos.
La Corte interpretó que no existían fundamentos que le impidieran a Casación examinar la sentencia y el valor de la prueba.
El fallo, que contó con el voto de los siete ministros que están en actividad, es una expresión promocionada desde hace más de una año de transformar a la Corte Suprema en un cuerpo de control sólo de temas constitucionales. La pretensión es que a esa instancia lleguen no más de 400 casos anuales, como ocurre en Estados Unidos, donde hay un sistema similar al argentino.

