- ámbito
- Judiciales
Dos magistrados a salvo
Que no rija aún la polémica reforma judicial que le da poder de veto al oficialismo en el Consejo de la Magistratura y en el jury de enjuiciamiento logró ayer salvar de la picota a dos magistrados. Recién regirá en octubre próximo con una nueva composición que los hubiera hecho caer de sus cargos. El tribunal que juzga a los magistrados repuso a dos jueces que habían sido cuestionados por haber eximido de prisión a ex militares acusados de excesos en la represión de los años 70. Uno de ellos, además, había sido conjuez (juez suplente) en la Corte Suprema de Justicia en el momento de decidir la legalidad de la suspensión de Antonio Boggiano. El oficialismo presionó para voltearlos pero no lo logró. Se impuso el criterio -no siempre respetado- de que los jueces no pueden ser juzgados por el contenido de sus sentencias. Eso vale hasta octubre, cuando -si no media alguna medida previa que inhiba al gobierno de controlar totalmente la Justicia- jueces como los sobreseídos ayer verán rodar sus cabezas.
Carlos Kunkel
El jury rechazó la destitución de dos camaristas al entender que no se probó que hubieran favorecido indebidamente a militares que presentaron en junio de 2003 un hábeas corpus para recuperar su libertad.
Los jueces Ramiro Puyol, Aidée Vázquez Villar; los abogados Enrique Basla, Eduardo Roca, Guillermo Sagués, y el radical José Luis Zavalía votaron en contra de la remoción, mientras que Nolasco, Sergio Gallia ( senador PJ) y Manuel Baladrón (diputado PJ), fustigaron duramente a los camaristas.
«Nadie pretende jueces indiferentes a los derechos humanos», señalaron en el voto mayoritario, pero destacaron que «las amenazas de destitución frente a sentencias que no conforman, afectan la garantía de la inamovilidad del juez y lesionan al Poder Judicial».
Los seis miembros enfatizaron que es necesario « asegurar la garantía de la independencia de los jueces en materia de contenidos de sentencias... la disconformidad con el fallo no implica necesariamente inconducta funcional» del magistrado.
La minoría, en cambio, no dudó en asegurar que Inda y Fernández «incurrieron en una maniobra contraria al deber de imparcialidad (al favorecer a los militares) en desmedro de las otras partes del proceso».
«La omisión de las circunstancias fácticas de la Masacre de Margarita Belén, antecedente de la detención de los imputados... afecta al servicio de justicia y compromete la responsabilidad internacional del Estado argentino», señalaron. Inda fue defendido por la defensora oficial Silvia Ciochetto, mientras que Fernández fue representada por los abogados Jorge Sandro y Mario Laporta.
Tras el veredicto, Ciochetto rechazó la imputación de que los jueces de cámara debieron esperar la resolución pertinente en el incidente de competencia, pues entendió que ello hubiera desnaturalizado la acción de hábeas corpus, la que se debe resolver de inmediato.
«Más aun si se tiene en cuenta que el planteo de incompetencia recién se concretó el 15 de junio de 2003, es decir, once días posteriores a la denuncia de hábeas corpus el 4 de junio.»
La diputada del ARI Marcela Rodríguez, quien actuó como fiscal contra los magistrados, deploró el resultado del juicio político y remarcó que «curiosamente» en las dos causas en las que se acusó a magistrados por violaciones a los derechos humanos, «el resultado fue el mismo».


Dejá tu comentario