10 de marzo 2003 - 00:00

Justicia no redolarizaría los créditos no bancarios

La Corte estaría dispuesta a mantener pesificados los créditos no bancarios. Son los tomados en escribanías. Están en esta situación cerca de 2 millones de personas. Hubo fallos redolarizadores de primera instancia, pero la Corte Suprema podría fallar en favor de los deudores. Se basaría en un fallo de 1934, denominado «caso Avico», que contempló situaciones de emergencia económica. El alto tribunal no tratará esta semana el caso «Beratz», que redolarizaría depósitos. Lo haría tras las elecciones.

El hipotético efecto dominó a partir del «caso San Luis», que impulsaría a los acreedores privados a reclamar en la Justicia que los créditos otorgados en dólares a más de dos millones de personas sean pagados en la moneda norteamericana

En la Justicia existen antecedentes en que la Corte Suprema de Justicia falló a favor de los deudores en situación de emergencia o crisis económica. En 1934 -podría reeditarse ahorala Corte respetó el derecho a la propiedad, pero también el derecho a la vivienda. Fue un pronunciamiento histórico que se conoce como el caso Avico c/ De la Pesa en 1934.

Hasta ahora, 50% de los acreedores privados se negó aceptar el pago de las deudas en pesos y se evalúa como muy posible que con los mismos argumentos sobre la defensa de la propiedad privada utilizado en el expediente puntano, los acreedores particulares avancen sobre los reclamos de dolarizar los créditos que fueron otorgados para la compra de bienes, de automóviles o para cancelar deudas a proveedores.

•Importancia

Con la práctica definición de que los bancos no accionarán judicialmente contra sus deudores -pese a que tienen dos fallos de la Justicia a favor de redolarizar la deuda de créditos-, la incertidumbre generalizada se cierne sobre la situación de aquellos que contrajeron deudas por fuera del sistema financiero.

Un fallo conocido antes de que expirara la semana alentó el fantasma de la redolarización de las deudas. No alcanzaron para aventarlo, siquiera, las afirmaciones tranquilizadoras del presidente de la Corte Suprema Julio Nazareno.

«Los deudores no deben preocuparse y deben seguir pagando uno a uno sus cuentas»,
dijo y recordó que el alto cuerpo de Justicia no tienen ningún expediente referido a este tipo de casos.

Casi al mismo tiempo, un juez de primera instancia, Gerardo Nanni, ordenaba el pago en dólares de una deuda hipotecaria. El préstamo era por 5.700 dólares y había sido tomado por Cristina Loquercio ante el abogado Alejandro Gaido. La deudora había planteado ante la Justicia el pago de la deuda a la paridad de 1 peso por un 1 dólar. Como no hubo conciliación, el juez falló a favor del acreedor y la sentencia no fue apelada.

Sin embargo, la decisión del juez Nanni es una de los tantas que se han tomado en la Justicia desde la instauración de la devaluación. Como publicó
Ambito Financiero el viernes pasado, ha habido definiciones de todo tipo, como en San Isidro, donde la mayoría de los juzgados falló a favor de los deudores, o los de Capital, donde la mayoría condenó a los deudores a pagar la deuda como fue pactada originalmente.

La importancia radica en que estos casos superen la primera instancia, luego la Cámara de la Apelaciones y lleguen a la Corte. Es aquí donde verdaderamente habrá una resolución de fondo
. Qué pueden decir los ministros de la Corte, hay varias especulaciones al respecto.

•Consecuencias

Se afirma que el punto medular estaría en el denominado Caso Avico y una sentencia del 22 de mayo del año pasado (Feijoo Isauro c/Tapia Américo Zenaido s/ ejecución hipotecaria) y en otros tantos fallos más a favor de la pesificación de las deudas. Y en lo que la Justicia consideró que la actual crisis económica ha provocado que el dólar haya incrementado «desmedidamente» su valor con respecto a la moneda argentina.

Al respecto, se sostiene que una medida que no sea evaluada en su contexto real provocaría nefastas consecuencias sociales, quizá más grave que la conocida Circular 1.050. Se sucederían los remates, las pérdidas de viviendas en subastas y habría un mayor costo social para los sectores de medianos y bajos recursos.

También se pondría énfasis en el hecho de que miles de argentinos se endeudaron en dólares, en negocios de compraventa o locación, sea en el circuito bancario o fuera del mismo, teneindo en cuenta la vigencia de la relación peso-dólar, una condición que fue quebrada cuando se salió de la convertibilidad.

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