5 de octubre 2001 - 00:00

Peligran testigos anónimos por decisión de tribunal de la AMIA

La figura del testigo de « identidad reservada» se convirtió ayer en eje de una fuerte controversia judicial. Las disidencias aparecieron luego de que el Tribunal Oral N° 3 que lleva el juicio por el atentado a la AMIA resolviera que estos testigos declaren en el proceso con los datos necesarios que permitan su identificación. Estos datos «deberán ser facilitados en un plazo razonable para que las partes los conozcan», dijo el Tribunal. Durante el período de instrucción los testigos de «identidad reservada» fueron identificados con una letra del alfabeto y sólo eran conocidos por los fiscales. A partir de ahora, también los abogados defensores podrán conocerlos, aunque no se sabe el alcance que tendrá esta medida.

El juez Miguel Pons dio a conocer esa resolución al comenzar la sexta audiencia pública contra una veintena de ex policías y civiles, acusados de integrar presuntamente la «conexión local» que colaboró en el ataque contra la mutual judía.

La definición de los jueces mereció algunas interpretaciones que fueron debatidas durante el cuarto intermedio. Algunos entendieron que la resolución tiraba por tierra el beneficio del secreto que protegía a los testigos que declararon bajo esta figura.Y analizaron que, de ser así, éstos podrían negarse a declarar. Situación por demás grave si es que alguno de ellos aportó en la instrucción elementos contundentes para el desarrollo de la investigación. Es más, aventuraron que podría ocurrir un episodio similar a las Brigadas Rojas en Italia, cuando se reveló la identidad de uno de los testigos y éste se negó a declarar contra uno de los acusados.

Otros, en cambio, entendieron que lo que hizo el Tribunal fue achicar o limitar el alcance de la figura del testigo de identidad reservada. E hicieron hincapié en que éstos sólo deberán aportar «los datos necesarios» para su identificación, es decir, que no estarán obligados como el común de los testigos a dar en forma completa sus datos filiatorios.

• Discusión

Remarcaron, además, que la Justicia no puede acceder a quitar la identidad reservada de los testigos «porque sería una contradicción». Es decir, aceptó que éstos declararan bajo esta figura, por lo cual no es válido que ahora pretenda eliminarla. Por lo tanto, sostuvieron que el Tribunal rechazó eliminar la figura de la identidad reservada de los testigos, como pidieron la mayo-ría de los abogados defensores.

Pese a todo, la cuestión no quedó aclarada. Y hasta anoche se ignoraba si estos testigos declararán en forma pública, en un ambiente reservado, y qué tipo de datos identificatorios darían para que los defensores sepan claramente que se trata, por caso, del testigo D que declaró en una determinada fecha.

Lo único concreto fue que los defensores podrán conocer quién fue la persona que inculpó de un delito a algunos de sus defendidos.

En cuanto a la suspensión del proceso, el Tribunal entendió que los defensores -pese a los fundamentos que esgrimieron el martes último-«no
demostraron el perjuicio» que el desarrollo del juicio y la investigación paralela que lleva adelante el juez Juan José Galeano «pudiera causar» a los acusados. Galeano investiga en la denominada AMIA residual la presunta existencia de una «conexión internacional» en el ataque terrorista vinculado con el grupo islámico Hizbollah.

También resolvieron restringir el ingreso a la audiencia del abogado
Víctor Stínfale (defensor de Carlos Telleldín), y de Ana Sverlik (abogada de la querella AMIA-DAIA) cuando el Tribunal trate la causa relacionada con el supuesto pago de 400 mil pesos a Telleldín para involucrar en el caso a los policías. El pedido había sido efectuado por el abogado José María Ubeira, a cargo de la defensa del ex comisario de la Bonaerense Juan José Ribelli.

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