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1 de septiembre 2016 - 18:47

Marcha atrás: la Justicia francesa suspendió la prohibición del burkini

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La medida, decidida por la ciudad de Niza, se tomó tras considerar la negativa como lesiva para las libertades personales
La justicia francesa suspendió la prohibición de la burkini decidida por la ciudad de Niza, en línea con el Consejo de Estado que la semana pasada derribó una medida similar considerándola lesiva para las libertades personales.

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En los últimos días, siempre como consecuencia de esta primera sentencia, otras ordenanzas municipales que prohibían el uso de la burkini (como llaman al bañador islámico) fueron suspendidas.

Algunos alcaldes dijeron sin embargo que no están dispuestos a abandonar su plan.

La prohibición en Niza había sido enfrentada en tribunales por la Liga por los derechos del Hombre y el Colectivo contra la islamofobia.

En tanto la abogada de la ciudad del sur de Francia, Pauline Fray, hizo de todo para oponerse al levantamiento de la ordenanza, hasta llegó a hablar de una población "casi al borde de la guerra civil" tras el atentado del 14 de julio último, pero no pudo convencer al tribunal administrativo que trataba el caso.

La decisión del más alto nivel de la justicia administrativa asienta jurisprudencia, y la magistratura debe adecuarse, en caso de no contar con elementos suficientes para comprobar una específica situación distinta.

Los abogados intentaron demostrar ante los jueces que en el caso de Niza, golpeada en su corazón por el ataque terrorista reciente no solo había "riesgos verificados" para el orden público, sino también situaciones "problemáticas", que justificaban la prohibición del traje de baño femenino islámico.

En la audiencia la abogada Fray sostuvo que en Niza "la población se hallaba traumatizada", y "ya había ejemplos en la prensa y redes sociales de palabras racistas, de personas que se decían racistas y estaban listas para actuar. Es deplorable, pero quiero decir que efectivamente hay riesgo para el orden público".

La argumentación, sin embargo, no resultó convincente: "La emoción y las inquietudes que resultan de los atentados terroristas, y en particular del cometido en Niza el 14 de julio pasado, no son suficientes para justificar legalmente la medida en disputa", escribieron en su fallo los jueces administrativos.

Los magistrados agregaron que el alcalde no tiene el poder de "emitir disposiciones que prohiban el acceso a la playa si no se basan sobre riesgos comprobados de disturbios del orden público o, de amenazas verificadas a la higiene, a la decencia o a la seguridad del litoral marino".

"Es una satisfacción que el tribunal administrativo de Niza se afirme en su rol de salvaguardar las libertades fundamentales", dijo el abogado del Colectivo contra la Islamofobia.

"Ahora esperamos que otras localidades retiren por propia iniciativa sus ordenanzas similares, como ya lo hicieron en Eze y Roquebrune. De otro modo, volveremos a acudir a la justicia", dijo el letrado.

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