3 de noviembre 2020 - 00:00

Promoción de bioetanol y biodiésel

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El Senado de la Nación le otorgó media sanción a la prórroga por cuatro años más a la Ley 26.093, que estableció por el término de 15 años un Régimen de Promoción para la Producción y Uso Sustentables de Biocombustibles. La norma data del 15 de mayo de 2006 y en consecuencia debió decidirse por su continuidad o no. Si bien se optó por su continuidad el plazo no parece ser suficiente para una industria que tiene campo fértil en nuestro país y demostró ser competitiva ubicándose siempre en los primeros puestos de países exportadores de estos productos. Son biocombustibles: el biodiésel, el bioetanol o el biogás.

Ahora la confirmación quedó en manos de la Cámara de Diputados. En los pasillos del Congreso nacional corren distintas versiones con relación al futuro de esta ley, aunque todo parece indicar que se evaluará la redacción de un nuevo proyecto de ley para el sector considerando la importancia que tiene en las economías regionales. Además, el biocombustible contribuye a disminuir las emisiones de dióxido de carbono, abundantes en los combustibles fósiles que generan el efecto invernadero; de ahí que se lo denomine como "energía limpia".

La ley, a la que se le extendería su vigencia, dispone una serie de beneficios impositivos.

Respecto de Ganancia Mínima Presunta, si bien se preveía la no integración de la base de los bienes afectados, el impuesto quedó sin efecto.

En Ganancias e IVA se aplica el régimen que dispuso oportunamente la Ley 25.924 resultando la posibilidad de aplicar la amortización acelerada de los bienes de capital y obras de infraestructura en el primero de los tributos mencionados. En el segundo de ellos, se permite aplicar el saldo a favor técnico contra otros impuestos a cargo de la AFIP o, en su defecto, su devolución, luego de transcurridos como mínimo 3 períodos fiscales. También se disponen beneficios en materia de Impuesto a los Combustibles.

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