20 de febrero 2024 - 00:05

Lineamientos para una reforma tributaria posible

Una nueva estructura tributaria debe ser concertada y sustentada en un pacto fiscal, y planificadas a mediano plazo y en un contexto de elevada responsabilidad fiscal

El sistema tributario argentino es ineficiente, regresivo e inequitativo, características que hacen que tengamos mayor evasión fiscal e informalidad laboral.
El sistema tributario argentino es ineficiente, regresivo e inequitativo, características que hacen que tengamos mayor evasión fiscal e informalidad laboral.
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Los recursos tributarios, sin duda han sido la variable qué a lo largo de los años, ha alterado el Estado para equilibrar el déficit fiscal de mediano plazo, tanto a nivel Nacional, Provincial y Municipal. De tal forma, el sistema tributario ha ido acumulando distorsiones que lo han llevado en la actualidad a estar muy alejado de ser el indicado, se ha tornado muy injusto (regresivo), con excesivo peso de los impuestos sobre los consumos y con demasiados impuestos distorsivos.

De acuerdo a un informe del Banco Mundial del año 2020 (denominado “Doing Business”), la Argentina se encuentra dentro del grupo de países con mayor carga fiscal sobre el sector formal de la economía en el mundo.

Se debe distinguir entre los conceptos, presión fiscal y carga fiscal en el sector formal. La presión fiscal es la recaudación total de todos los niveles de gobierno dividido el PBI del país (que tiene inferido el sector informal, en su cálculo), mientras que la carga fiscal formal refiere a que porcentaje de impuestos deben pagar los que cumplen legalmente con las normas tributarias vigentes en relación con su actividad comercial.

El aumento de la carga fiscal formal, claramente ha afectado la inversión en nuestro país y también a los sectores productivos que fueron competitivos en algún tiempo.

El sistema tributario argentino es ineficiente, regresivo e inequitativo, características que hacen que tengamos mayor evasión fiscal e informalidad laboral. Cuando el sistema tributario se torna inequitativo afecta la competitividad de las empresas, y exportar productos elaborados o semielaborados, se vuelve una utopía.

Sin dudas nuestro sistema tributario requiere una reforma, y dentro de los puntos en consideración debemos citar la simplificación, tanto para eliminar o reducir impuestos, como para bajar el costo de cumplimiento que tienen los administrados, entre otros.

Según Instituto Argentino de Análisis Fiscal (IARAF), de entre los más de 100 tributos vigentes en la Argentina, el 90 % de la recaudación consolidada, se concentra solo en 10 tributos.

REFORMA CONCERTADA

La reforma tributaria posible, debe ser concertada y sustentada en un pacto fiscal entre los tres niveles de gobierno: nacional, provincial y municipal. La estabilidad de la reforma en el tiempo, debe garantizarse con cláusulas suficientes, generando seguridad jurídica y un entorno favorable a la inversión y a competitividad de nuestra producción.

El peso de un estado excesivo, lo encontramos reflejado en mayores impuestos e incluso en déficit fiscal (que a la larga termina generando el más nocivo de los impuestos, la inflación). Con elevados impuestos no reintegrables, nuestros productos serán más caros en términos comparativos, claramente no podremos exportar y la importación, será una realidad.

a) Puntos que debiesen ser considerados, al pensar en una reforma tributaria

  • Definiciones sobre el Estado que nuestro país necesita, acordando magnitud y participación en la economía.
  • Redefinir el sistema de Coparticipación Federal de impuestos.
  • Definir reformas graduales, de forma de dotar de previsibilidad, seguridad jurídica y de certidumbre a los Fiscos y contribuyentes.
  • Disminuir en cantidad los impuestos y tasas vigentes, comenzado por los de baja recaudación y más distorsivos.
  • Entre los impuestos distorsivos a eliminar, deben considerarse: el Impuesto sobre los Créditos y Débitos Bancarios, el Impuesto de Sellos, el Impuesto sobre los Ingresos Brutos, los Derechos de Exportación y las Tasas municipales que fueran verdaderos impuestos encubiertos, entre otros.
  • Se deben simplificar las formas de determinación de aquellos impuestos y tasas que queden.
  • Disminuir el costo de estructura y de administración por recaudación de los Fiscos.
  • Reducir el costo que soportan las PYMES como agentes de recaudación e información designados, permitiéndosele computar parte del gasto de administración que el estado le impone como carga pública, a cuenta de impuestos propios.
  • Eliminar los regímenes de recaudación que generan saldos a favor permanentes, siendo verdaderos empréstitos forzosos de los contribuyentes al Estado.

b) Algunos incentivos fiscales necesarios

La presencia de una economía informal significativa, sigue siendo un desafío sin resolver. Los esfuerzos realizados por los fiscos para reducirla no han sido suficientes, y sabido es, qué con una carga fiscal demasiado elevada, esta tarea se hace más dificultosa aún. El nivel de la evasión tributaria consolidado elevado ha tenido incidencia en el aumento del empleo “no registrado” a través del tiempo.

Los factores que incentivan la informalidad son diversos, pero uno de las importantes, no tenemos dudas, que son las altas tasas de impuesto aplicadas. Si hemos pasado el punto de recaudación máxima a que refiere la curva de Laffer (1) un aumento de impuestos, no aumentará la recaudación, sino que ocurrirá todo lo contrario, habrá más incentivos a la informalidad y caerá la recaudación.

Además de la simplificación tributaria y baja de tasas antes mencionada, dentro de la betería de medidas para incentivar la formalidad, podemos citar la reducción de las contribuciones patronales y la promoción de beneficios fiscales para las empresas que generen empleo y realicen inversiones.

Entendemos que no hay costo fiscal de estas medidas que incentiven la formalización fiscal, ya que la base imponible sobre que calcular el mismo, hoy está fuera de la imposición.

Además de ello, el Poder Legislativo podría implementar leyes con beneficios fiscales que promuevan y fomenten actividades por sectores y/o regiones.

La construcción de viviendas y su infraestructura conexa, su posterior alquiler, el crédito hipotecario necesario para su compra, quizás pudiesen estar comprendidos en una misma ley, que tenga el carácter de política de estado por un plazo prudencial (10 años, por ejemplo), dotada con incentivos fiscales, que orienten la inversión hacia allí. El déficit de vivienda y su solución debe estar despojado ideologías.

COROLARIO

Las modificaciones necesarias de la estructura tributaria deberán ser focalizadas, graduales y planificadas a mediano plazo y en un contexto de elevada responsabilidad fiscal.

La austeridad, destinada a alcanzar un equilibrio de las cuentas públicas, como base para posibilitar un futuro crecimiento de la economía y la creación de empleo, no es por si suficiente, además se debe profundizar, en qué y cómo se gasta. El Estado, en el ámbito presupuestario, quizás pueda considerar utilizar la herramienta del Presupuesto Base Cero (PBC), ideada por Pyhrr (2), en 1970.

Recordemos que la técnica consiste en “un proceso operativo de planificación y presupuesto que exige a cada administrador justificar detalladamente la totalidad de sus peticiones presupuestarias desde el principio (base cero)”.

El PBC, tiene como objetivo realizar menores gastos sin necesidad de reducir la cantidad y calidad de servicios prestados por la Administración Pública, al eliminarse los servicios ineficaces y estructuras orgánicas inadecuadas.

Director de Gómez & Asociados. Consultores Tributarios-Auditores. Miembro de la Comisión de Impuestos de la Cámara Argentina de la Construcción. Miembro de la Asociación de Estudios Fiscales. Autor de artículos sobre la especialidad. Coautor de Derecho Tributario- Legislación Usual Comentada- Ed. La Ley-2015. Expositor en cursos, charlas y conferencias sobre la especialidad tributaria en cursos, charlas y conferencias sobre la especialidad tributaria.

(1) La curva de Laffer sugiere que un recorte de impuestos aumentaría la recaudación, en el caso que las tasas impositivas actuales superan el punto de recaudación máximo posible.

(3) Pyhrr, P. A.: “ZeroBase Budgeting”, en Harvard Business Review, 1970

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