EVASIÓN TRIBUTARIA
NOTAS A FALLOS
Los decisorios más relevantes en materia tributaria son sintetizados de manera de poner en conocimiento la opinión de la justicia en torno a la aplicación concreta de los impuestos y sus efectos
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Ordenan eliminar la "marca de deuda" de los registros fiscales por compensación con medida cautelar
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La DDJJ simplificada de Ganancias no elimina los anticipos ni las retenciones
Rechazo a la “probation” en delitos fiscales
La Cámara Federal de Casación Penal, Sala III, resolvió revocar la suspensión del juicio a prueba concedida en favor del imputado por el delito de aprovechamiento indebido de beneficios fiscales. La decisión reitera la improcedencia de la “probation” en casos de delitos tributarios cuando la pena mínima supera los tres años de prisión.
La querella, representada por la AFIP-DGI, cuestionó la resolución del Tribunal Oral Federal N° 2 de Córdoba que había otorgado la “probation”, argumentando que el delito en cuestión posee una escala penal de 3 años y 6 meses a 9 años, lo que impide la aplicación del beneficio. Además, se subrayó que los montos defraudados eran significativos y que el imputado se desempeñaba como policía, lo que agravaba su responsabilidad.
El fallo de Casación ratifica que el régimen penal tributario posee un marco restrictivo en cuanto a la extinción de la acción penal, desestimando la aplicación de la suspensión del juicio a prueba. La resolución reafirma que el daño al bien jurídico tutelado —el orden económico del país— no puede subsanarse únicamente con la reparación del perjuicio fiscal, sino que debe prevalecer la sanción penal.
Cámara Federal de Casación Penal, Sala III, “P., T. s/recurso de casación”, Expediente FCB 36337/2013/TO1/8/CFC1, del 13/03/2025.
RESPONSABILIDAD PENAL DE PERSONAS JURÍDICAS
Continuidad de la actividad bajo otra denominación
La Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal hizo lugar al recurso interpuesto por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ex-AFIP) contra el sobreseimiento de la firma Organización Coordinadora Argentina SRL (OCA), revocando la decisión del Tribunal Oral en lo Penal Económico N° 2 y ordenando un nuevo pronunciamiento.
El caso giró en torno a la posible responsabilidad penal de la empresa por evasión tributaria y retenciones indebidas a la seguridad social. La querella sostuvo que la disolución de la firma no extingue automáticamente su responsabilidad penal, argumentando que la transferencia de activos y la continuidad del negocio ameritan una investigación más profunda.
El fallo de Casación destacó que la extinción de una persona jurídica no es suficiente para concluir que no pueda ser juzgada, especialmente cuando existen elementos que indican la continuidad de su actividad económica bajo otra denominación. En consecuencia, se ordenó al tribunal de origen analizar nuevamente el caso y emitir un nuevo pronunciamiento considerando los criterios expuestos.
Cámara Federal de Casación Penal, Sala I, “Organización Coordinadora Argentina SRL y otro s/recurso de casación”, Expediente CPE 1145/2016/TO1/14/CFC1, del 11/03/2025.
TASAS MUNICIPALES
Interferencia jurisdiccional. Competencia Local.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió un conflicto de competencia en favor de la justicia provincial en el caso “Autoservicio Mayorista Diarco SA c/ Municipalidad de La Matanza”. El fallo revocó una medida cautelar de la justicia federal que impedía la ejecución de una sentencia de apremio y el cobro de tributos municipales.
La decisión destaca que la justicia federal no puede interferir en resoluciones firmes de la justicia provincial cuando ello implique privar de efectos una sentencia y afectar la autonomía municipal. Se subrayó que la medida cautelar otorgada a la empresa Diarco constituía una indebida inmunidad frente a la actuación del municipio.
El fallo refuerza la importancia del respeto al sistema federal de competencias y limita la posibilidad de utilizar medidas cautelares como herramientas para frenar decisiones firmes de la justicia provincial en materia de tributación local.
Asimismo, la resolución enfatiza que el cobro de tasas municipales constituye una facultad exclusiva de los gobiernos locales, quienes tienen la potestad de dictar y ejecutar sus propias normativas tributarias. La intervención de la justicia federal, en este caso, representaba una vulneración del federalismo fiscal y de la independencia de las jurisdicciones locales para administrar sus recursos.
Este pronunciamiento de la Corte se suma a una serie de fallos recientes en los que se ha privilegiado la autonomía de los municipios en cuestiones impositivas, consolidando un criterio restrictivo respecto de la intervención de fueros federales en conflictos de naturaleza tributaria local. Con ello, se fortalece la seguridad jurídica para los fiscos provinciales y municipales, garantizando la aplicación efectiva de sus normativas fiscales.
Corte Suprema de Justicia de la Nación, “Autoservicio Mayorista Diarco SA c/ Municipalidad de La Matanza s/ acción declarativa de inconstitucionalidad”, Expediente FSM 1724/2021/CS1, del 12/03/2025.
Abogado, Profesor de la Maestría en Derecho Tributario y Financiero (UBA-Derecho).www.horaciocardozo.com.ar



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