La culpa es del contador, una atribución liviana si se evalúa el contexto

La gravedad es el cambio constante de normas, reglas, de principios, inclusive que hace que la base o estructura que sostiene al profesional no exista como tal, porque se modifica sin pudor y porque hacerla valer entra en el terreno judicial y/o político.

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Me ha provocado escribir estas líneas, las sucesivas notas periodísticas y comentarios televisivos –y en redes sociales- acerca de ciertas variables y/o “problemas con la AFIP”, que son livianamente atribuidos a errores de los contadores. En muchas de esas notas luego se dice que el abogado les asesoró que “no hay nada para hacer”.

Para estereotipar y poder decir algunas cosas, empiezo relatando que suelen llegar tres tipos de clientes a los estudios de abogados especializados en impuestos. Los que vienen decididos a echarle la culpa al contador anterior o en proceso de; los que lo insinúan sin ser muy directos; los que lo entienden y ensayan algún tipo de autocrítica. Claro que están los que llegan sin decir nada, son mis preferidos.

1| Los problemas de la realidad

La situación se vuelve más eufemística cuando la visita es con el contador que atiende el problema o con el nuevo que lo hereda, a diferencia de lo que me sucede como abogado, he notado en el contador nuevo un respeto por el anterior, sea cual fuere el problema.

¿Los contadores cometen errores? Claro, como cualquiera, pero veamos el contexto.

Un médico estudia muchos años, finalmente se recibe, la residencia es dura pero pasa. Tiene un proceso de formación con una base, una estructura y obviamente luego viene la especialización, la experiencia y la actualización.

Casi lo mismo en todas las profesiones, una base sólida que te permite analizar los problemas nuevos que te depara el destino. Pero, Argentina mediante, el contador dedicado a lo impositivo no tiene bases, tampoco lo tenemos los tributaristas abogados.

Claro que existe la Constitución, la parte férrea de la misma, los principios rectores como el de igualdad y capacidad contributiva y el derecho de defensa, etc. Quizás la única rama del ordenamiento jurídico que comparte en algo esto es la penal, cuya coyuntura y necesidad de cambios diarios, muchas veces respuestas a reclamos mediáticos o de algunos sectores, terminan en leyes rápidas, poco estudiadas y dictadas por inexpertos.

La gravedad de lo nuestro es el cambio constante de normas, de reglas, de principios inclusive, que hace que esa base o estructura no exista como tal, o porque se modifique sin pudor o porque hacerla valer entra en el terreno de lo judicial y/o político.

Los tributaristas –contadores o abogados- no tenemos parámetros, Argentina y su clase política se encarga de que existan constantes imposiciones novedosas que implican el estudio “de cero” de determinada cuestión, incluso por formación aunque nos “huela” que viola tal o cual derecho, lo normal es no hacer nada y aceptarlo.

¿Explicar desde la dogmática el impuesto al dólar? ¿A los viajes al exterior? ¿La tasa adicional de bienes personales? Cómo explicar porque el blanqueo decía una cosa y a los meses se cambió; explicar que todas las provincias aceptaron bajas de Ingresos Brutos pero ahora están liberadas de subirlo; explicar que si tenés saldo a favor, pero el inmobiliario lo tenés que pagar igual, etc y etc.

Y como todo es pagar, cada vez más, luego explicar que para hacer valer el derecho hay que pagar al abogado, la tasa y en su defecto las costas. Que pocas veces la Corte acepta la competencia originaria y entonces hay que abordar un proceso de primera instancia, luego Cámara, luego una Corte Provincial, con suerte, y con más suerte la Corte Nacional porque el art. 280 implica el famoso “certiorari negativo”, es decir, no tomo tu caso porque carece de entidad. Que hoy día transitar ese proceso con una cautelar es casi milagroso, como que un día amanezcamos con que la inflación es de 0 %.

¿Será esta la única profesión que crea institutos sui generis todo el tiempo, inclasificables, donde de pronto un impuesto (como el adicional de IIBB por mercadería que entra a los puertos) es más una tasa, pero sin contraprestación; o que de pronto la TSU (tasa por Servicios Urbanos) tiene de base la valuación de la propiedad y que si ARBA revalúa quizás la tasa de un año a otro te sube 500%, cuando el trabajador que te pasa a barrer o retirar la basura o la luminaria está siempre ahí, inmóvil, con su servicio? O ganancias sin ganancias, o liquidar como si no hubiera inflación, o que te bajen la CUIT por no contestar un requerimiento formal, o cuando se suspendieron los embargos pero había embargos igual, o la factura es sospechosa porque el proveedor tiene poco personal, etc. No tengo respuesta.

2| Soledad e incertidumbre

En este contexto de absoluta incertidumbre, los monotributistas llevan la peor parte. Son eternamente olvidados, no tienen el bono ni el sindicato ni nada. Se tienen a sí mismos. Los profesionales siempre aspiramos a dejar de atenderlos, porque el estudio crece y podemos decidir a quién atender. La AFIP les vende que pueden hacerlo solos, que prescindan del contador, que es fácil.

Pero nada es fácil en Argentina. A un extranjero le diría que si del Estado te venden algo como fácil, te pongas el cinturón de seguridad. Los abogados tampoco somos afectos al cliente monotributista, tiene un proceso de defensa engorroso, los expedientes se duplican (determinación por un lado y exclusión por el otro), el art. 74 al Director General es quizás la mayor farsa del sistema, proceso con presunción de legalidad, esa herramienta sencilla que le permite al juez expedirse con la balanza ya inclinada.

El contador, además, se me permita una crítica, no suele manejar una relación escrita con su cliente. Sabemos que se empiezan a hacer amigos, le termina contando su vida privada y sus decisiones personales.

De pronto si el Contador le dijo “mirá que las acreditaciones bancarias están subiendo” o “mirá que tenés que tener tantos empleados” o “mirá que el precio unitario tiene que ser menor a”, poco o nada queda escrito.

Nunca se los felicita por las cosas que no sucedieron. Eso es lo normal o esperable.

Luego viene la Ley, el peso de la Ley que no es igual para todos porque no todos tienen la misma espalda, y el Monotributista es literalmente “linchado” con la exclusión, con la retroactividad, con no poder tomar el crédito fiscal, con los intereses y las multas. Este proceso debería poder terminar con la baja de la CUIT, así la persona sabe que tiene que tomarse el primer avión que aparezca.

Este personaje, el contador tributarista, debe ser un equilibrista, psicólogo y parapsicólogo, tirador de cartas, profesional especializado, inversor de bolsa, buena gente y además empezar todos los días de cero a leer Derecho Constitucional I.

Donde trastabille, será su culpa, porque tenía que saberlo. Donde dude, será castigado con una nota mediática viralizada donde se diga que él no lo advirtió a tiempo, sin derecho a réplica. Aunque no se mencione nombre y apellido, van sentando las bases de una norma de conducta, van desgastando, sin costo alguno para quien lo expone.

Sólo estoy reflexionando, no tengo la verdad. Hay casos y casos, es cierto. Me incomoda mucho que el Contador sea la válvula de escape de tan perverso sistema, en un país viciado por donde se lo mire.

No soy objetivo, muchos me honran con su amistad, pero me dije para mi mismo que esto debía ser escrito por alguien que no fuera contador, para que no parezca una defensa corporativa o las palabras de un profesional dolido.

Para Ustedes, mi amigos, quizás sea hora de cambiar algunas cosas, en el estudio, que sea todo más escrito, más claro, y en lo Institucional, que la defensa no deje lugar a dudas.

(*)Tributarista

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