SEGURIDAD SOCIAL

Esta sección se aboca en cada edición a brindar una síntesis de la normativa más relevante vinculada a la Seguridad Social, dictada por los organismos competentes o sancionados por el Congreso nacional.

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APORTES Y CONTRIBUCIONES

Personal de Casas Particulares. Adecuan formas de pago

En el marco del Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares, la Resolución General 3.693 estableció las formas, plazos y condiciones para el ingreso de los aportes y/o contribuciones de los trabajadores incluidos y las cotizaciones previsionales fijas que deben ingresar mensualmente los empleadores de acuerdo con las horas semanales trabajadas y su condición de activos o jubilados.

A fin de facilitar el pago de las cotizaciones por la Resolución General 5723 amplió las posibilidades de cancelación pudiendo efectivizarse mediante:

a) Depósito en sucursal bancaria o entidades habilitadas

b) Transferencia electrónica de fondos

c) Utilización de tarjeta de crédito pudiendo optarse por la adhesión al débito automático

d) Débito en cuenta a través de cajeros automáticos

e) Débito directo en cuenta bancaria

f) Plataformas de pago electrónico o digitales, “homebanking”, billeteras virtuales y código de respuesta rápida “QR”

g) Cualquier otro medio de pago electrónico admitido o regulado por el Banco Central de la República Argentina e implementado por ARCA

Por otra parte la norma ha incorporado la actualización de oficio de los datos del Registro Especial del Personal de Casas Particulares, creado por la Resolución General 3491, que estén desactualizados o incorrectos y la modificación se notificará al empleador al domicilio fiscal electrónico.

Las modificaciones de los datos informados efectuadas hasta el último día de cada mes, inclusive, surtirán efecto respecto de las obligaciones cuyo vencimiento opere a partir del mes calendario inmediato siguiente.

RIESGOS DEL TRABAJO

Programa de Prevención para Empleadores PyMES. Adecuan muestras de accidentes de trabajo

Mediante la Resolución 20/18 (SRT)se estableció el “Programa de Prevención para Empleadores PyMES con Siniestralidad Elevada (P.E.S.E.-PyMES)”, con el objetivo de disminuir los riesgos laborales y mejorar las condiciones de salud y seguridad, dirigido a empresas con alta siniestralidad que hayan declarado un promedio anual entre 11 y 49 trabajadores en el año calendario inmediato anterior.

Atento el tiempo transcurrido desde su implementación, se advierte que el 10 % de las empresas incluidas en las respectivas muestras ingresaron con 1 solo siniestro computable, y que la totalidad de este universo se encuadra en el Rango N° 1 con trabajadores promedio de 11 a 25.

Por ello se estimó necesario modificar los parámetros para la construcción de las muestras, de modo que el conjunto de empleadores PyMES que las conformen sean necesariamente aquellos con altos niveles de siniestralidad.

En consecuencia la Disposición 1/25 de la Gerencia de Prevención elevó el porcentaje de comparación hasta un 300 % en lugar del 100 % vigente y elevo a 2 o más accidentes para evaluar si la empresa entra o no en la muestra del programa.

LMS

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