12 de noviembre 2004 - 00:00

Previsible: se evade 42% de impuestos al trabajo

Previsible: se evade 42% de impuestos al trabajo
La presión tributaria que ejerce un impuesto, a niveles macro, puede medirse en términos efectivos y potenciales o legales. El primer caso es el más usual, aunque no por ello más correcto, y lo que se mide es el cociente entre la recaudación efectivamente lograda por un impuesto y el PIB.

En cambio, la presión tributaria legal es la que surge de dividir lo que debería recaudarse de un tributo (sin evasión, dada la legislación vigente) por el PIB, y es el indicador que muestra mejor el verdadero peso del gravamen.

Estos mismos conceptos pueden aplicarse a los aportes y contribuciones al sistema de seguridad social, comúnmente denominados impuestos al trabajo.

En este caso, la presión efectiva está relacionada con la masa de recursos efectivamente recaudados a partir de los aportes y contribuciones de asalariados y trabajadores autónomos, mientras que la presión legal con la masa de recursos que debiera obtenerse si todos los trabajadores fuesen formales y se declarase la totalidad de sus ingresos.

De acuerdo con estimaciones propias para el período comprendido entre 1996 y 2003, la presión legal de los impuestos al trabajo pasó de un valor cercano a 13% del PIB en 1996 a otro del orden de 10% en 1999.


Los motivos que contribuyeron a explicar la mayor parte de esa reducción en la presión fiscal legal fueron la reducción de algunas de las contribuciones patronales y la introducción del régimen de monotributo a fines de 1998. Luego, entre 2001 y 2002, la presión tributaria legal se redujo nuevamente, básicamente como consecuencia de la caída del salario real (que bajó el peso de los aportes en términos del valor agregado) y la reducción transitoria de la alícuota de aportes personales para los aportes con destino al régimen de capitalización.

• Incremento

La reducción de presión legal continuó en 2003, aunque en este caso el factor de mayor peso fue el incremento en la productividad de la mano de obra.

La presión tributaria efectiva, a diferencia de la legal, permaneció relativamente estable en torno de 6% del PIB hasta 2001, momento a partir del cual comenzó a reducirse hasta llegar a 4,6% en 2003, en gran medida a causa de los bajos salarios reales y la creciente brecha entre salarios formales e informales.

• Causas

De la diferencia entre la recaudación potencial y la efectiva se obtiene el monto del impuesto incumplido. Si este monto se divide por la recaudación potencial se obtiene la tasa de incumplimiento tributario.

En la Argentina, dicha tasa fue de alrededor de 45% en el período 1996-2003, representando una pérdida anual promedio para el fisco del orden de los $ 11.000 millones (teniendo en cuenta trabajadores del sector privado residentes en áreas urbanas). En 2003, la tasa de incumplimiento habría bajado a 42%, pero sigue siendo un nivel altamente preocupante.

Las causas que contribuyen a explicar el incumplimiento de las obligaciones para con la Seguridad Social son diversas. Algunas de éstas se encuentran relacionadas con la regulación del mercado de trabajo y el marco institucional vigente, la evolución de la situación macroeconómica y las condiciones microeconómicas relacionadas con la decisión de contratación de las empresas y la oferta laboral de los individuos.

Así, por ejemplo, el empleador tiene fuertes incentivos a realizar contrataciones de manera informal, evitando de esa forma los costos diferenciales de la declaración del puesto.

Primero porque ciertas regulaciones (como las alícuotas sobre la nómina salarial) introducen una brecha entre el salario de bolsillo del trabajador y el costo laboral que enfrenta la empresa.

El costo total de un empleo formal tiene un componente salarial y uno no salarial y mediante la contratación informal es posible evitar el segundo. Según estimaciones realizadas, el incremento del costo por los conceptos distintos al salario se ubica en el orden de 80% del salario neto.

En segundo lugar, un puestodeclarado debe cumplir las normas que determinan el nivel salarial y que limitan la posibilidad de reducir el salario formal para compensar por el mayor costo laboral relativo.

• Impacto

El salario mínimo, los básicos de convenio y las regulaciones sobre horas extra, marcan un diferencial entre un salario flexible informal y uno regulado. En este sentido, la brecha de salarios netos se amplía aun más en épocas de alto desempleo, aumentando los incentivos a la informalidad.

Por último, las regulaciones sobre funciones, flexibilidad de puestos y horas, entre otras, implican incentivos difícilmente mensurables a través de alícuotas o diferenciales salariales, pero que implican un costo no desechable, sobre todo en momentos de reconversión y estabilidad de precios.

Para el diseño de políticas públicas es también crucial tener en cuenta la actitud del trabajador. En efecto, la valoración que los trabajadores contribuyentes tienen de las prestaciones ofrecidas por el sistema de seguridad social existente es relevante. Esto se debe a que el impacto de la estructura impositiva en los costos laborales no salariales depende de la relación que haga el trabajador entre la tasa que le toca pagar y la valoraciónque le da a los beneficiosque recibe. Diferentes estudios han obtenido una estimación de la valoración de las prestaciones sociales para países de América latina, donde en general se observa que los trabajadores valoran los beneficios que reciben de la seguridad social en proporciones menores a lo que cuestan los mismos.

En nuestro país, la estimación empírica arroja una tasa de valoración de las prestaciones de 17,6% para el período 1991-2003. De esta manera, el componente impositivo puro de los impuestos a la nómina llega a 82,4% de la tasa nominal de aportaciones al sistema, y eso también ayuda a explicar las altas tasas de informalidad existentes.

Para finalizar, no debe ignorarse el problema a futuro que la informalidad laboral representa. De continuar esta tendencia, una proporción significativa de los ancianos se encontrará sin cobertura en las próximas décadas. Ello implicaría graves consecuencias en materia social y eventualmente fiscal, dependiendo de cómo se afronte el problema en ese momento.

(*) Presidente del IERAL de la Fundación Mediterránea

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