El Gobierno retrocedió en un punto clave de la reforma laboral que impuso de facto: la continuidad de las cuotas solidarias que cobran los sindicatos a los trabajadores no afiliados. Lo hizo a partir de una intervención de bajo perfil de la Secretaría de Trabajo a través de un dictamen, al que tuvo acceso este diario, en el que valida la vigencia plena de esos instrumentos en sentido contrario al decreto de necesidad y urgencia (DNU) 70/23 que los había limitado al máximo. La resolución coincidió con la foto de la ministra de Capital Humano, Sandra Pettovello, con el secretario general del gremio de Comercio, Armando Cavalieri, y el anuncio de que esa organización se aprestaba a acoplarse al sistema indemnizatorio que patrocina el oficialismo.
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Un dictamen de la Secretaría de Trabajo le confirmó al sindicato de Comercio que podrá continuar con la retención de "cuotas solidarias" a los trabajadores no afiliados.
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Entre varios capítulos laborales, el artículo 73 del DNU sustituyó el 132 de la ley de Contrato de Trabajo por un texto nuevo que impone como nueva condición que exista "un consentimiento explícito del empleado" para la percepción por parte de un sindicato de "cuotas, aportes periódicos o contribuciones a que estuviesen obligados los trabajadores en virtud de normas legales o provenientes de las convenciones colectivas de trabajo o que resulte de su carácter de afiliados a asociaciones profesionales de trabajadores con personería gremial o de miembros de sociedades mutuales o cooperativas así como por servicios sociales y demás prestaciones que otorguen dichas entidades".
Las denominadas vulgarmente "cuotas solidarias" tienen un largo historial jurídico y de debate en la Organización Internacional del Trabajo, que las consideró lícitas por entender que de ese modo el trabajador, incluso el no afiliado, retribuye con un aporte financiero a la organización gremial que lo representa una porción del beneficio de su gestión en las paritarias. De acuerdo a esa mirada, los asalariados que no participan de la vida interna de sus gremios pero reciben las ventajas de sus gestiones deben contribuir para mantener su fortaleza económica. Históricamente esos aportes retenidos por el empleador a favor del gremio fueron de menor cuantía que las cuotas de los afiliados.
En la Argentina varios de los sindicatos más importantes retienen cuotas de solidaridad de los trabajadores no afiliados y lo convalidan en cada negociación paritaria con su respectiva contraparte empleadora. Por el mismo mecanismo también es frecuente la retención de un porcentaje del salario en concepto de "fondo de sepelio" o "aporte mutual" entre otras iniciativas propias de cada actividad. Entre ellos pactan recursos por esas vías la Asociación Bancaria -a la que el gobierno de Mauricio Macri intentó anularle ese beneficio-, Camioneros, Gastronómicos (Uthgra), Aguas Gaseosas, Unión Tranviarios Automotor, Unión Ferroviaria y Asociación Obrera Textil, entre muchos otros.
El sindicato de Comercio, que la semana pasada se dividió entre la participación activa en la marcha a Tribunales de la CGT para repudiar el DNU y los acercamientos al Gobierno para mostrarse afín al "fondo de cese" laboral que promueve Javier Milei en lugar de las indemnizaciones habituales, acudió a Trabajo mediante una presentación para interiorizarse sobre el alcance del artículo 73 del decretazo. En respuesta, el departamento de Jurídicos de la actual Secrretaría de Trabajo emitió el miércoles pasado el dictamen 153541744 que confirmó la validez de la retención de cuotas de solidaridad contempladas en los convenios colectivos vigentes.
La respuesta oficial se basó en dos ejes: los efectos del DNU sobre las cuotas de solidaridad "no son aplicables a los contratos en curso de ejecución" sino a las relaciones laborales iniciadas luego de su vigencia por imperio del criterio jurídico de la "irretroactividad" de las normas. El segundo párrafo del dictamen incorpora una dimensión novedosa respecto de la limitación que imponía el decreto y señala que el consentimiento que requería el texto "resultará cumplimentado por la aceptación del trabajador del goce de los beneficios que otorga el convenio colectivo de trabajo de la actividad". Es decir, una vez cobrado el aumento salarial.
Así, un decreto que entre otros puntos buscaba torpedear la línea de flotación financiera de muchos sindicatos terminó por ser aparentemente neutralizado por una norma de jerarquía inferior. En la CGT, resuelta a darle vigor al paro nacional convocado para el 24 con movilización masiva al Congreso, evaluaron con cautela el dictamen de Trabajo. Dirigentes de la "mesa chica" y asesores legales interpretaron que hasta no emitir una norma complementaria o aclaratoria continuará la incertidumbre en este punto, y en todo caso el Gobierno podrá usar el vacío legal para forzar a cada organización a cumplir el mismo paso burocrático que Comercio para revalidar sus instrumentos de recaudación.
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