15 de enero 2021 - 13:04

Gómez Centurión fue a la Justicia para pedir la inconstitucionalidad de la legalización del aborto

La presentación argumenta la defensa de la vida del ser humano desde su concepción hasta su muerte natural, así como de la familia y la cobertura de sus necesidades.

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Foto: Télam

El excandidato a presidente Juan José Gómez Centurión, en calidad de titular de la la junta promotora del Partido "Nos", presentó una demanda para que se declare la inconstitucionalidad de la legalización del aborto.

La presentación firmada por Centurión argumenta que entre los fines del partido NOS está “la defensa de la vida del ser humano desde su concepción hasta su muerte natural, así como de la familia y la cobertura de sus necesidades”.

“Solo de este modo puede asegurarse la igualdad de oportunidades y la vigencia irrestricta del Estado de Derecho”, añadió el político veterano de Malvinas al justificar que el partido está legitimado para demandar.

El propio Gomez Centurión difundió su contenido a través de la red social Twitter en la que informa “acabamos de presentar demanda contra el Poder Ejecutivo tras la promulgación de la ley inconstitucional de legalización del aborto. Vamos a defender la vida hasta las últimas consecuencias tal como manda nuestra carta orgánica y el año que viene en el Congreso derogaremos la ley”.

La demanda es contra el Poder Ejecutivo Nacional tras la promulgación de la ley, e incluye un pedido de medida cautelar para que se suspenda su aplicación. Fue presentada en la justicia de la Capital Federal al considerar el domicilio del PEN en la calle Balcarce.

En otras provincias, como en Salta, ya se radicaron presentaciones antes de que se promulgara la ley.

Los que se oponen a la ley consideran que es inconstitucional porque en la reforma constitucional de 1994 la Argentina ratificó tratados internacionales que protegen la vida desde la concepción.

Sin embargo en un fallo de 2012, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) aseguró que la protección del derecho a la vida con arreglo a dicha disposición no es absoluta. Por lo que se debería ponderar con otros como los derechos de las mujeres, la igualdad, entre otros.

Abogados constitucionalistas consultados estiman que no sería inconstitucional ya que el artículo 73 inciso 23 de la Constitución, en tanto prevé la cobertura social en casos de maternidad, no supone una protección de la vida fetal desde la concepción sino que busca asegurar la protección de la mujer embarazada, algo que ya fue interpretado en ese sentido por la Corte Suprema en el fallo F.A.L.

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