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10 de mayo 2021 - 17:33

Ingresó al Congreso ley para blindar las medidas sanitarias de Alberto Fernández contra el Covid-19

El proyecto distribuye las facultades de tomar decisiones entre el Poder Ejecutivo, gobernadores y jefe de Gobierno porteño.

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Alberto Fernández, Axel Kicillof y Horacio Rodríguez Larreta.

Presidencia de la Nación

Ingresó este lunes al Congreso el proyecto de ley anunciado por el Gobierno para otorgar al Poder Ejecutivo facultades extraordinarias hasta el 31 de diciembre de 2021 para dictar medidas de restricción durante la pandemia de coronavirus, como anticipó Ámbito.

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La iniciativa se fundamenta en las facultades que le da la Constitución Nacional y en los compromisos internacionales que asumió el país (art. 41 y 42 de la CN; Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales; Convención Americana sobre Derechos Humanos; entre otros).

El proyecto de ley distribuye las facultades de tomar decisiones entre el Poder Ejecutivo, gobernadores y el jefe de Gobierno de la ciudad de Buenos Aires, Horacio Rodríguez Larreta, otorgando una amplitud de intervenciones para la toma de decisiones respecto de la evolución de la pandemia.

Criterios Epidemiológicos

Fuentes oficiales revelaron que el proyecto no distingue entre zonas geográficas del país, sino que establece estrictos parámetros epidemiológicos y sanitarios conforme los cuales las jurisdicciones locales y el Gobierno nacional, según las competencias de cada uno, adoptarán medidas para mitigar la propagación del virus.

Según dichos parámetros, el proyecto establece restricciones y, con relación al Poder Ejecutivo, establece los criterios a utilizar para el ejercicio de sus facultades.

¿Qué pasa con la educación y las clases presenciales?

El proyecto establece asegura que si hay suspensión de las clases presenciales se dispone únicamente para los lugares de Alarma epidemiológica y se prevé que, previa consulta con la provincias, el Poder Ejecutivo podrá morigerar o dejar sin efecto esa restricción.

La norma incluyó facultades para el Jefe de Gabinete de la Nación. Santiago Cafiero podrá adoptar medidas sobre el empleo público (excepciones a virtualidad en ámbito laboral); ampliar o reducir las excepciones a la restricción de circulación nocturna en lugares de Alto Riego, y en el transporte público (puede ampliar o reducir las excepciones a prohibición de utilización).

Estas son las facultades extraordinarias para Alberto Fernández

Siempre se deberán observar los parámetros de razonabilidad y proporcionalidad en las medidas dispuestas como así también su justificación científico-sanitaria

Todas las medidas adoptadas en los lugares clasificados como de Medio, Alto Riesgo Epidemiológico y Sanitario, Alarma Epidemiológica y Sanitaria y las disposiciones locales y focalizadas para partidos o departamentos de menos de 40.000 habitantes son temporales, correspondiendo su revisión a los 21 días de adoptadas en el marco de las especificaciones contenidas en la ley. Ello apunta a la temporalidad de la medida y a la evaluación y análisis en relación a las particularidades de cada jurisdicción.

La secretaría de Legal y Técnica de Presidencia, Vilma Ibarra, sostuvo que el proyecto "atiende a las medidas y competencias que tienen cada uno de los gobernadores, los municipios y el Gobierno nacional", al advertir que el Estado está "obligado cuidar, preservar y proteger la vida de los habitantes".

Ibarra explicó, en declaraciones al canal C5N, que la iniciativa propone un "esquema general con parámetros epidemiológicos y sanitarios muy precisos" que establecen la aplicación de medidas de acuerdo a los niveles de riesgo bajo, medio y alto de cada jurisdicción.

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