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13 de agosto 2009 - 10:08

Autorizan a Santa Cruz a prestar servicio aéreo no regular a nivel nacional e internacional

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La Secretaría de Transporte de la Nación autorizó al gobierno de Santa Cruz a explotar servicios no regulares internos e internacionales de transporte aéreo de pasajeros, carga y correo, con aeronaves de reducido porte.

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Asimismo, dispone que los servicios de transporte aéreo de carga postal deberán ser ejercidos, por tratarse de operaciones no regulares, de forma subsidiaria, conforme lo establece el Artículo 126 aplicable en el orden internacional por el Artículo 128, ambos del Código Aeronáutico.

La autorización para realizar esta actividad aerocomercial le fue otorgada a la provincia de Santa Cruz por la Resolución 7/09 de la Subsecretaría de Transporte Aerocomercial, que se publica hoy en el Boletín Oficial.

Las operaciones deberán iniciarse dentro de los 180 días siguientes a la fecha de notificación de la presente resolución.

La explotación de la nueva aérea no deberá interferir, tanto en su faz comercial como operativa, en los servicios regulares de transporte aéreo.

La nueva aerolínea se ajustará a la prestación de los servicios conferidos a los requisitos previstos en el Código Aeronáutico.

Asimismo, deberá solicitar la afectación de sus aeronaves y, previo a ello, deberá acreditar mediante constancia emitida por las dependencias competentes, que sus equipos cumplen con todos y cada uno de los requisitos exigidos.

La empresa deberá poner a consideración de la Secretaría de Transporte las tarifas a aplicar, los seguros de ley, los talonarios de recibos y libros de quejas para su habilitación, correspondiendo idéntico trámite a toda incorporación, sustitución o modificación de la capacidad comercial de sus aeronaves, como también de sus seguros, tarifas, cambio de domicilio y/o base de operaciones.

También deberá presentar mensualmente a la Secretaría un detalle completo de los transportes realizados, así como cualquier otro dato que dicha autoridad le requiera.

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