En una nueva disputa de competencias entre fueros judiciales mientras se encuentra en discusión el futuro de la causa iniciada por la CGT contra la reforma laboral, la Corte Suprema de Justicia de la Nación ordenó remitir al Contencioso Administrativo un expediente impulsado por el sindicato de estatales nacionales UPCN contra el Estado Nacional que se tramitaba en el fuero laboral.
La Corte Suprema ordenó trasladar del fuero laboral al Contencioso Administrativo una causa de UPCN contra el Estado
Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y Carlos Rosenkrantz resolvieron que el expediente del gremio de estatales contra el Ministerio de Relaciones Exteriores cambie de fuero.
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Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y Carlos Rosenkrantz resolvieron hacer lugar al planteo de la cartera nacional y declarar "procedente" el recurso extraordinario.
La decisión del máximo tribunal representa un revés para la Unión del Personal Civil de la Nación, que conduce Andrés Rodríguez, en la disputa iniciada por aportes y contribuciones contra el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto que se tramitaba en el seno de la Justicia Nacional del Trabajo, ámbito que, tras el traspaso de Nación a CABA, se convirtió en un terreno de disputa ya que, por el momento, allí radica la causa que más preocupa al presidente Javier Milei y a los gremios, como es la ley de modernización laboral.
La Corte hizo lugar a un recurso de queja presentado por el MInisterio nacional a través del abogado Darío Guillermo Hernández, denominado “Recurso de hecho deducido por la demandada en la causa Unión del Personal Civil de la Nación c/ Ministerio de Relaciones Exteriores Comercio Internacional y Culto s/ de Apor o Contrib”.
Los jueces de la Corte Suprema de Justicia Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y Carlos Rosenkrantz resolvieron hacer lugar al planteo de la cartera nacional y declarar "procedente" el recurso extraordinario en el expediente que inició en el ámbito del Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N° 50 y que luego recayó en la Sala VIII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo.
En ese sentido, dispusieron: "Se revoca la sentencia apelada y se declara competente la Justicia Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal para que conozca en la presente causa, a la que se le remitirá". En su decisión, hicieron lugar al planteo del Estado y determinaron la incompetencia de la Justicia del Trabajo por involucrar el caso relaciones de derecho público.
Así las cosas, tras la decisión de la Corte Suprema, la causa saldrá del fuero laboral y pasará a un ámbito más ameno para el Estado nacional.
Reforma laboral: la Justicia restituyó la vigencia de los 82 artículos suspendidos
Mientras tanto, Milei recibió este jueves una buena noticia. La Sala VIII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo resolvió otorgar efecto suspensivo a la apelación que presentó el Gobierno contra la cautelar impulsada por la CGT que había dispuesto el freno en la aplicación de 82 artículos de la reforma laboral del oficialismo.
La decisión llegó luego de una serie de revés que recibió el Ejecutivo en la causa. La semana pasada, luego de la cautelar impuesta por la Justicia del Trabajo, había presentado un pedido de inhibitoria para que la causa pase al Contencioso Administrativo. Pero el juez Ojeda defendió las competencias del fuero laboral y rechazó el planteo.
En el durante, el Gobierno también había presentado un per saltum a través de la Procuración del Tesoro para que la causa llegue a la Corte Suprema, en busca de una definición positiva sobre los artículos suspendidos. Finalmente, fue la Cámara de Apelaciones la que, al menos por ahora, le dio una buena noticia al Gobierno al frenar la cautelar.
Así, l reforma laboral recupera plena vigencia. A través de su cuenta de oficial de X, el presidente Javier Milei celebró la decisión judicial: "No podrán detener el crecimiento que se viene para el País. VIVA LA LIBERTAD CARAJO...!!!".
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