31 de marzo 2004 - 00:00

Béliz no se salva de una querella

Gustavo Béliz
Gustavo Béliz
En adelante, el verborrágico Gustavo Béliz deberá cuidar sus impulsos orales. Ayer una Cámara revocó un fallo que beneficiaba al ministro de Justicia en una causa por injurias y ordenó que prosiga la querella.

El expediente fue iniciado en julio de 2002 por el ex funcionario delarruista Nicolás Gallo, a quien Béliz acusó de estar «al servicio de intereses privados».

• «Irregularidades»

El controvertido ministro hizo esas afirmaciones al programa «Proyecto 2010» del canal de cable Política y Economía (PyE), donde se refirió a supuestas «irregularidades» en el manejo de los servicios públicos cuando Gallo estaba al frente de la Secretaría de Obras Públicas del Gobierno porteño.

Según Béliz, las maniobras habrían sido cometidas en contrataciones para la recolección de residuos, en el enrejado de paseos públicos y en la poda de árboles en el ámbito de Capital Federal.

La jueza correccional
Angela Braidot desestimó la presentación de Gallo por razones técnicas, pero los camaristas Eduardo Gerome y Luis Ameghino Escobar revocaron ese fallo y afirmaron que están «configurados los extremos» para que el expediente se siga tramitando.

Los jueces aceptaron como cierto que el querellante (en este caso
Gallo) por su condición de funcionario público se encuentra en una posición de mayor exposición ante eventuales vulneraciones al honor en relación a los particulares pero, consideraron que esa condición no implicaba justificar cualquier expresión, sin que pueda efectuársele a quien las profiere reproche máxime si no media ningún fin informativo o periodístico.

«
La crítica al desempeño de un funcionario público no debe ser sancionado penalmente como injuria, aunque las expresiones se encuentren formuladas en tono agresivo o apelando a expresiones irritantes, hostiles o ásperas, salvo que se pruebe la existencia del propósito primario de injuriar al funcionario», remarcaron los camaristas haciendo suya jurisprudencia en sentido de la Corte Suprema de Justicia.

Dejá tu comentario

Te puede interesar