5 de noviembre 2009 - 09:50
Cómo serán los nuevos DNI
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Como parte de este plan, el Estado puso en funcionamiento "Centros de Documentación Rápida", donde la toman de datos en el trámite para obtener un DNI está totalmente digitalizada. Por ahora sólo hay seis de estas dependencias, pero esperan abrir cinco más en el corto plazo y llegar a una distribución uniforme a lo largo del país.
No obstante, la planta cuenta con un centro informatizado donde se unifican todos los trámites que ingresan al Registro Nacional de las Personas y donde se digitalizan los datos que no fueron tomados en forma digital.
Respecto a la renovación del DNI, a diferencia de lo que ocurrió con otras iniciativas, no será obligatoria, aunque sí deberá hacerse cada 15 años hasta que se cumpla 70. De esta manera, los DNI que ahora están en la calle seguirán en circulación hasta que cada persona solicite la renovación.
Por otra parte, el ministro Randazzo informó que "la inversión total en el nuevo proyecto fue de 18.600.000 de dólares", una cifra infinitamente menor a la de aquél escandaloso contrato firmado durante la primer gobierno de Carlos Menem con Siemmens, que estipulaba un gasto de 1.260 millones de dólares.
Desde la compra de máquinas, que se licitó mediante pliegos fiscalizados por las Naciones Unidas, hasta el diseño del software libre y de completa propiedad del Estado, "todo se hizo acá, no hay ni tercerización, ni ninguna empresa privada que intervenga en el proceso", aseguró el funcionario.
El DNI es de uso obligatorio en todas las circunstancias en que sea necesario acreditar la identidad de las personas de existencia visible, sin que pueda ser suplido por ningún otro documento de identidad, cualquiera fuere su naturaleza y origen, de acuerdo a la resolución 1800/2009 publicada en el Boletín Oficial.
A través del Decreto Nº 1501/09 el gobierno autorizó al Registro Nacional de las Personas a utilizar tecnologías digitales en la identificación de los ciudadanos ya emitir en forma conjunta con el Documento Nacional de Identidad de formato libreta, un ejemplar con formato tarjeta, que será considerado a todos los efectos Documento Nacional de Identidad, con excepción del ejercicio del derecho al voto.
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