8 de julio 2008 - 00:00

Controversia por la bala pedida por Aníbal Fernández

En el Boletin Oficial, ayer apareció la novedad que privilegia a ciertos policías para utilizar un tipo de bala (expansiva, que algunos antes llamaban "dum dum", que derriba al blanco humano porque explota apenas ingresa al cuerpo) cuando hagan tareas de custodia. La medida se extiende al GEOF, un cuerpo especial antisecuestro. Sólo ellos están habilitados para disparar esos proyectiles temibles, cuestionados por los organismos de derechos humanos, hasta prohibidos en las guerras. Decisión de Aníbal Fernández, quien seguramente podrá explicar hoy la razón de una medida tan controvertida y brutal.

Controversia por la bala pedida por Aníbal Fernández
En la prosa suburbana de Aníbal Fernández, una bala «dum dum» tiene la capacidad de «inhibir eficazmente, con la menor reacción, el poder ofensivo de un eventual agresor». Con ese argumento autorizó ayer a los efectivos de la Policía Federal que se desempeñan como custodios de funcionarios y en brigadas especiales el uso de las llamadas balas «dum dum» o expansivas, que estaban expresamente prohibidas por la ley de armas (salvo para cacería o uso deportivo) y también condenadas por organizaciones defensoras de los derechos humanos por el daño que causan a la víctima de los disparos.

La Resolución 1770 que publicó ayer el Boletín Oficial admite el uso de ese tipo de proyectiles desgarrantes que suelen preferir los comandos (y también los criminales) porque, a diferencia de los proyectiles penetrantes, derriban a la víctima y producen daños físicos altísimos. Esto último se ha usado como fundamento para la prohibición y para la condena de su empleo por razones humanitarias, incluso en escenarios de guerra.

  • Fuero especial

  • La medida establece un fuero de seguridad especial para los funcionarios, comprensible por la ola de inseguridad, pero que no se extiende al resto de los ciudadanos. El actual gobierno incluso ha establecido que en operativos antidisturbios los uniformados no porten armas con el objeto de no producir víctimas como ha ocurrido en Neuquén o en la provincia de Buenos Aires (caso Kosteki y Santillán), medida también entendible porque distingue entre el delincuente y quien se manifiesta por alguna reivindicación.

    Que estos policías de custodia de funcionarios puedan usar balas «dum dum» pone a la Argentina, sin embargo, en la lista de los países observados por las organizaciones humanitarias, que también han peleado mucho por la eliminación de otras armas que producen daños a la víctima, como las minas antipersonal o las llamadas «racimo», que extienden los daños en una zona determinada.

    El fuero especial de protección lo establece la misma publicidad de esta autorización ya que los delincuentes que quieran atentar contra funcionarios o que busquen algún enfrentamiento con las fuerzas especiales saben ya que pueden recibir disparos de balas expansivas. El resto de los ciudadanos será custodiado por policías que usarán proyectiles menos eficaces para frenar al «eventual agresor». Otro ángulo de la política de exclusión de un gobierno que presume de allanar las diferencias entre los argentinos.

    Existen básicamente tres clases de municiones: las perforantes, las expansivas y las explosivas (sin considerar las trazantes). En algún momento, por una razón humanitaria, se prohibieron estas dos últimas, por las heridas que causaban.

    En los casos policiales, el tema es que las perforantes no suelen detener al delincuente agresor y como son perforantes pueden herir a otra persona luego de pasar el blanco principal. La inercia del proyectil los hace continuar camino, y al ser blindadas al completo, no se deforman tan fácilmente. Incluso cuando chocan con algo duro, todo el cuerpo del proyectil se mantienen unido.

  • Mayor daño

    Las expansivas, por la forma de la cabeza del proyectil, normalmente no blindado, tienen menos penetración pero dañan más al blanco y lo frenan con mayor seguridad. Es como que toda la inercia del proyectil es absorbida por el cuerpo del blanco. Quizás este tipo de grupos policiales requieran munición de esta naturaleza para mayor seguridad de sus operaciones que son más especiales, unos por ser custodios y otros por el tipo de operación en que participan.

    Las expansivas también se llamaban munición de «punta hueca». Hay otros modelos más nuevos en los cuales la fragmentación del proyectil está predefinida para que toda la energía del proyectil se agote en el cuerpo del blanco, no importa dónde haga impacto, pero realizando más daño y derribando por la fuerza del impacto.

    Esas balas están expresamente prohibidas por la ley nacional de armas, que dice en su artículo 4°, Inc. d) se impide el uso de «munición de proyectil expansivo (con envoltura metálica sin punta y con núcleo de plomo hueco o deformable), de proyectil con cabeza chata, con deformaciones, ranuras o estrías capaces de producir heridas desgarrantes, en toda otra actividad que no sea la de caza o tiro deportivo».
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