A partir de hoy la Cámara Nacional Electoral está en condiciones de decidir sobre la constitucionalidad del llamado a elecciones internas simultáneas y abiertas como figura en el decreto de convocatoria de Eduardo Duhalde. Anoche proseguían las deliberaciones para consensuar un criterio único aunque los tres jueces -Santiago Corcuera, Alberto Dallavía y Rodolfo Munné- mantenían diferencias sólo parciales. Salvo que alguna de las dos presentaciones que aún faltan -otra de José Luis Salvatierra y María Elena Quidi- contengan argumentos excepcionales, en ese tribunal se revocaría el fallo de la jueza electoral María Servini de Cubría que decretó la nulidad de la simultaneidad aunque mantuvo la modalidad de permitir votar a los independientes. El único recurso que se encuentra desde hace tiempo es el presentado por el ministro del Interior, Jorge Matzkin, cuestionando la decisión de la jueza.
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Recién el martes, Salvatierra presentó su opinión ante Munne, Corcuera y Dallavía para cuestionar la apelación al fallo de Servini de Cubría. Al presentar su «expresión de agravios», Salvatierra aclaró que para él la cuestión devino en abstracto pese a que pidió que se mantenga el fallo de la jueza electoral. Este abogado que dice actuar en su condición de independiente evaluó que «al Estado no le resulta posible en un mes de plazo instrumentar elecciones abiertas y simultáneas para todos los partidos políticos». También recordó que el gasto de las internas «superaría los 30 millones de pesos» y que «es público y notorio que el Estado no puede hacerlo sin descuidar otras necesidades primarias».
Para hoy se espera porque vencen los plazos, el segundo recurso de Salvatierra: su respuesta a la postura de otro demandante, el abogado Carlos Ortiz Almonacid. Aunque se trata de un paso menor en el expediente, la cámara no puede obviarlo como tampoco a las presentaciones de Quidi con lo que, técnicamente, el tribunal no puede expedirse hasta mañana o el martes, días de acuerdos de la cámara.
• A la Corte
De todos modos, la causa no quedará firme con la decisión de Munné, Corcuera y Dallavía ante una segura apelación de algún ciudadano que no faltará, pasará a la Corte donde, por lo menos, uno de los 9 jueces considera que la decisión de Servini de Cubría fue correcta, lo que podría hacer volver todo el cuadro procesal al fallo de primera instancia y de ese modo obligaría a la fijación de un nuevo cronograma electoral. En esa instancia se considera que la convocatoria de Duhalde necesita cuanto menos una ley del Congreso que lo ratifique bajo el riesgo de ser declarado nulo todo el proceso electoral, no sólo las internas sino las generales para presidente y vice. Este criterio parte del argumento de que la Asamblea Legislativa le dio al presidente designado un mandato concreto a término que vence el 10 de diciembre de 2003. Si Duhalde decidiera irse antes de tiempo como planteó en su renuncia al Congreso, no corresponde que llame a elecciones él sino que sea esa misma Asamblea Legislativa la que designe a su sucesor para completar el mandato trunco de Fernando de la Rúa y ese mismo cuerpo fijar las fechas de las nuevas elecciones. Pero como ello podría significar patear todo el tablero político, la Corte podría aceptar una reparación por parte del Congreso, avalando legislativamente lo decidido por Duhalde.
Desde otra óptica jurídica -contraria a Servini de Cubría- se pronunció el fiscal electoral, Jorge Felipe Di Lello, cuyo dictamen ya conocen los camaristas. El delegado del Ministerio Público, que encabeza Nicolás Becerra, insistió en la realización de las internas simultáneas para «garantizar la transparencia de su ejecución, evitando diversas maniobras políticas, que en el caso de realizarse en distintas fechas podrían intentarse». Con respecto a las limitaciones que podrían sufrir los afiliados de un partido de distrito respecto de los electores independientes o de los afiliados a los partidos que participen en la elección presidencial, el fiscal dijo que «efectivamente sufrirían un menoscabo de sus derechos», pero que «la solución a tal dificultad no puede buscarse mediante la conculcación del derecho de la mayoría de los ciudadanos que constituyen el electorado de la Nación».
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