El gobierno ahora buscará acortar mandato de auditores
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Oscar Lamberto
La explicación que se dio para la necesidad de acortar mandatos fue la de adecuar esos puestos a lo que establece la Constitución. «La duración de mandatos era de ocho años cuando el Presidente tenía seis años y los senadores nueve; ahora no tiene sentido mantenerlo así. Esto es una mera adecuación a la Constitución», decía ayer Lamberto.
La estructura de la Auditoría exige que tengan representación allí mayoría y minoría en partes iguales con un presidente designado por la oposición -el cargo lo ocupa ahora Leandro Despouy por el radicalismo-, que garantice que el gobierno de turno no tenga mayoría a la hora de tomar decisiones.
El reglamento de la Auditoría General y el nombramiento de sus miembros nunca fue un tema pacífico. Por eso es que la principal crítica que aparece en escena es precisamente ésa: no es sano que se haga coincidir el mandato del presidente de la Nación con el de quienes deben controlar las cuentas del Estado, cuando en realidad deben ser poderes absolutamente independientes.
El proyecto también le fija parámetros a la Auditoría sobre las técnicas para aplicar en las investigaciones a llevar adelante. Por ejemplo, se incorpora el «control de gestión de resultados»: «Está siendo un tipo de auditoría muy necesario para que el Congreso de la Nación pueda tener información no sólo sobre el correcto cumplimiento de las normas sino especialmente sobre los efectos de la aplicación de los fondos públicos para el mejoramiento del bienestar de la población y la consolidación de las instituciones de la República-», dicen los considerandosdel proyecto.
Por eso es que se justifica el cambio en que «se hace necesario que el Congreso de la Nación, usuario primordial de los informes, establezca lineamientos generales ... el volumen de información contenida en los informes de auditoría es de tal magnitud que es necesario establecer criterios de exposición de las mismas», dice el proyecto.
Curiosamente, se introduce un cambio que, aunque se cumpla hoy, no estaba incorporado a la Ley de Administración Financiera: el presidente de la Auditoría «será designado a propuesta del partido político de oposición con mayor número de legisladores en el Congreso a través de una resolución conjunta de los presidentes de las Cámaras de Senadores y de Diputados». La actual redacción del artículo no contemplaba el rol de elector de la oposición.
Entre los cambios también se insistió en modificar los plazos. La Comisión Mixta Revisora de Cuentas del Congreso, de la que depende la Auditoría, deberá girarle al organismo en un plazo no mayor de tres días la Cuenta de Inversión de cada año que envíe el Poder Ejecutivo y a su vez no demorar más de ese tiempo en remitir el posterior informe de la AGN a la Secretaría de Hacienda para que presente cualquier aclaración. Además, antes del 1 de mayo de cada año el Congreso deberá aprobar la Cuenta de Inversión del penúltimo año y caso contrario explicar por qué no puede hacerlo. La historia argentina es rica en fracasos en ese punto: en algunos momentos existieron demoras de más de 10 años en aprobar esa rendición de cuentas que debe presentar el gobierno.



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