Régimen vigente hasta 2029. Reducción porcentaje del impuesto a las Ganancias: 60% para micro y pequeñas empresas, 40% para medianas y 20% para grandes. Ya no sea más unificado.
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Revalidación todos los años, siempre y cuando reciban el guiño de la lupa que controlará el cumplimiento de obligaciones fiscales, gremiales y laborales. O que, por ejemplo, se mantengan o incrementen su nómina de personal.
“Bono de crédito fiscal” intransferible del 70% de las contribuciones patronales que efectivamente hayan pagado las empresas, y que tendrá un tope de 3.745 empleados.
El bono se podrá aplicar para anticipos de impuestos nacionales, saldos de declaración jurada e IVA, pero no para Ganancias. Tampoco para pagar deudas tributarias anteriores a la incorporación al régimen, o en devoluciones para casos de saldo a favor.



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