Es inconstitucional la perpetua para menores de 18
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Casación declaró inconstitucional aplicar el artículo 80 inciso 7 del Código Penal -prisión perpetua por homicidio criminis causa- a niños, niñas y adolescentes.
El tribunal consideró que esto "lesiona la Convención sobre los Derechos del Niño y el principio de culpabilidad", ante lo cual se hizo lugar a los recursos de inconstitucionalidad y Casación de las defensas oficiales de los condenados, se anuló su sentencia y se ordenó al Tribunal Oral de Menores 1 fijar nuevas penas.
El caso de los tres condenados a perpetua está a estudio de la CIDH desde mediados del año pasado, sin que se haya llegado aún a un veredicto.
César Alberto Mendoza fue detenido y condenado por homicidio calificado y robo con arma en 1999 por el Tribunal Oral de Menores 1, todos delitos cometidos antes de cumplir 18 años.
Se lo consideró culpable por el robo de tres vehículos, cuatro asaltos a mano armada y dos homicidios entre el 27 y 28 de julio de 1996.
Claudio David Nuñez fue preso a los 17, en 1997 y en 1999 se lo condenó a perpetua como "coautor penalmente responsable de los delitos de homicidio calificado reiterado en cinco oportunidades, robo agravado por el uso de armas reiterado en ocho oportunidades, dos de ellos en grado de tentativa, tenencia ilegítima de armas de guerra y asociación ilícita".
Lo mismo ocurrió con su cómplice, Lucas Matías Mendoza, detenido a los 16 y condenado en el mismo juicio por "homicidio calificado reiterado en dos oportunidades, robo agravado por el uso de armas reiterado en ocho oportunidades, uno de ellos en grado de tentativa, asociación ilícita y tenencia ilegítima de arma de guerra".
Ahora el Tribunal Oral que los condenó deberá reformular las penas ya que las perpetuas quedaron anuladas por Casación.



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