Facsímil de la Resolución 179 de 1998 que garantizaba a Carlos Fayt una pensión vitalia a cambio de la renuncia.
El 20 de mayo de 1998 el gobierno de Carlos Menem otorgó "una pensión vitalicia a favor del Doctor Carlos Santiago Fayt", según se puede leer en el artículo 1° de la resolución 179 que lleva la firma del entonces subsecretario de Desarrollo Social de la Nación, Santiago de Estrada.
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El texto establecía que Fayt debía abandonar su sillón en la Corte para empezar a cobrar mensualmente el beneficio "a partir de la fecha del cese de sus funciones".
La resolución ostentaba rango ministerial y estaba avalada por el secretario del área, Ramón 'Palito' Ortega, y en rigor, no tenía objeciones desde el punto de vista jurídico, dado que se apoyaba en la ley 24.018 que permite a los miembros de la Corte Suprema pedir una pensión mensual, móvil, vitalicia e inembargable por un total equivalente al sueldo básico de un integrante del máximo tribunal, más todos los viáticos, plus por antigüedad, gastos de movilidad y representación que cobran los ministros que están en funciones.
Si bien este tipo de trámites -como toda jubilación o pensión- deben ser iniciados por los interesados, en este caso Fayt, una vez asignado el beneficio el magistrado se arrepintió sin dar muchas explicaciones, y optó por continuar siendo miembro de la Corte.
Una de las especulaciones que se hicieron en aquel momento para explicar la marcha atrás del juez respecto de su decisión de retirarse, señalaba que algunos dirigentes de la Alianza, con quienes Fayt tenía (y tiene) muy buena relación, convencieron al veterano juez para que no dejara su lugar, porque el menemismo seguramente lo utilizaría para ampliar su 'mayoría automática'.