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"Al mismo tiempo, dicha entidad gremial amenazó con implementar una medida de fuerza por este mismo motivo en todas las líneas de ferrocarriles del Área Metropolitana", agrega el escrito.
Al día siguiente, 3 de julio, "el mencionado sindicato decretó una huelga con el argumento de que no se había abonado en tiempo y forma el aguinaldo", en una "acción de fuerza que no tiene fundamento alguno porque está previsto desde antaño (hace 8 años)" que ese pago se realice "el cuarto día hábil del mes", y que efectivamente "percibieron" el jueves.
Destaca que "resulta manifiesto que esta medida de fuerza ilegítima y/o paro salvaje tiene en realidad otra finalidad, que es el rechazo a la instalación de cámaras filmadoras", lo cual "refleja el desinterés de este Sindicato en que se hagan efectivas las medidas de control que apuntan a mejorar la seguridad en el servicio público".
Más adelante, el escrito indica "la gravedad de dicha acción de fuerza ilegítima adoptada por el gremio que conduce Omar Maturano, se vio reflejada también en los destrozos protagonizados por un grupo organizado de personas, que obligaron a reforzar la seguridad policial" en la zona de la estación Constitución.
Tras hacer un relato detallado de las acciones realizadas "por los violentos, algunos con caras tapadas", se concluye que "la actitud desmedida desplegada por este Sindicato, sin dudas, impidió, estorbó y entorpeció el normal funcionamiento del transporte ferroviario, quedando en consecuencia encuadrado -entre otros- en lo previsto en el artículo 194 del Código Penal de la Nación".
Este artículo prevé hasta dos años de prisión para quien "sin crear una situación de peligro común, impidiere, estorbare o entorpeciere el normal funcionamiento de los transportes por tierra, agua o aire".



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