Gobernador pampeano vetó la ley que regulaba abortos no punibles
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"Las conductas tipificadas por la legislación penal, como normativa de orden público, no resisten interpretaciones ni reglamentaciones que excedan, modifiquen, contradigan o restrinjan los requisitos que deben concurrir en cada una, tal y como ocurre con la norma sancionada", sostuvo Jorge.
"Los artículos 1, 4 y 5 de la norma sancionada, permiten interpretaciones y aplicaciones que colisionan abiertamente con el espíritu restrictivo de los tipos cerrados que la legislación penal, como norma de derecho público, posee, en tanto y en cuanto se refieren al ´bienestar físico, psíquico y social´, ampliando entonces, en forma notoria, el marco de no punibilidad previsto por el codificador penal", agregó.
El primer mandatario dijo además que se estaba "legislando de fondo" con una ley que, en realidad, no hace más que regular lo que establece el Código Penal.
"De acuerdo al Artículo 75 inciso 12 de la Constitución nacional, legislar sobre materia de fondo penal, es facultad exclusiva y excluyente del Congreso Nacional, encontrándose por tanto vedado a los poderes provinciales toda expresión parlamentaria que pueda inferirse como modificación y/o ampliación de esa materia de fondo", explicó Jorge.
"Es necesario señalar que la regla de no punibilidad que establece el Código Penal, se da en los supuestos de peligro cierto para la vida o salud de la madre, en las cuales no exista otro remedio, medio o tratamiento distinto que pueda evitarlo", añadió el mandatario.
En este sentido, añadió que "consecuentemente" se debe "analizar su aplicación en cada caso particular, sin poder limitar la figura a procedimientos administrativos previamente reglados".
El gobernador indicó que el Estado pampeano, en caso de sancionarse la norma, podría ser pasible de juicios ya que, según consideró, es "anticonstitucional".
"De acuerdo con lo expuesto y observaciones formuladas, de promulgarse el proyecto sancionado, cobrando eficacia la normativa, se estarían vulnerando principios constitucionales, colocando entonces al Estado Provincial ante la posibilidad cierta de planteos de inconstitucionalidad, con las consecuencias jurídicas y económicas que ellos conllevarían", concluyó.




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