25 de septiembre 2020 - 00:00

Oil Combustibles: informe que realizó Abad para hacer denuncia incumplía las normas de la SIGEN

ExN°2 de Auditoría declaró que estudio "preliminar" sobre la petrolera fue a contramano de las leyes que regulan este proceso para todo el Estado. Fiscalía intentó apuntalar documento que inició causa.

Ricardo Echegaray.

Ricardo Echegaray.

La exsubdirectora de Auditoría de la AFIP declaró ayer en el juicio Oil Combustibles que las normas que rigen las auditorías de procesos fueron incumplidas por la gestión de Alberto Abad y que se utilizó un informe preliminar –sin intervención de las áreas correspondientes- para apuntalar una denuncia penal, algo que está prohibido por las regulaciones de la SIGEN. “Una auditoría interna nunca va a servir para hacer una denuncia porque lo específica la misma norma”, indicó la testigo Mariana de Alva, ante el Tribunal Oral Federal N°3, respecto a un documento que firmó Néstor Sosa. A su turno, la fiscalía buscó blindar los flancos débiles del informe preliminar N°14 y su utilización en la causa judicial y cuestionó la evaluación de la especialista respecto a que –de manera inédita- se haya hecho sólo en torno a la petrolera de Cristóbal López y Fabián De Sousa, a comienzos de 2016. Sin embargo, el testimonio apuntó a una defensa enfática del personal de carrera que fue imputado por Julián Ercolini y que permanecen en el remanente de la causa, sin elevación.

“Toda la AFIP está preocupada por este caso”, señaló al mencionar que era una cuestión de “Estado” para los integrantes del organismo recaudador. “Todos pudimos haber estado o estuvimos en la misma situación porque esto (por la denuncia penal) agarró a toda la línea jerárquica y la imputó y no importa si cumplía lo que tenía que cumplir o no. Todos parece que son integrantes de una asociación ilícita, aunque ni siquiera se conocen, con la intención de producir defraudaciones. Se plantea la posibilidad de que once personas intervinientes se pusieron de acuerdo para hacer esto”, apuntó a preguntas del fiscal Juan García Elorrio. “Yo hubiera hecho lo mismo”, admitió De Alva, que además agregó que el gremio de personal jerárquico UpsAFIP intentó evitar suspensión de sueldos, y puso varios ejemplos del perjuicio que generó en funcionarios de carrera.

Repasó el “marco de acción” que existía en la AFIP para la aprobación de planes de pago particulares –el eje del juicio- y sostuvo que el trámite “pasaba por un montón de manos y cada uno hacía su parte”. “Sin embargo, todos adentro. Porque eligieron a la empresa Oil para hacer esto”, afirmó la testigo que dejó flotando el direccionamiento de la causa con objetivos políticos.

Convocada por la defensa de Ricardo Echegaray, De Alva respondió en el cuestionario de la fiscalía que los planes de pago estaban en conocimiento de los contribuyentes y a veces eran las cámaras empresarias las que los solicitaban. Y reveló que Miguel Pichetto solicitó una audiencia para solicitar planes para productores de peras y manzanas que atravesaban una situación crítica. “El hecho de que un contribuyente tenga 120 planes no significa nada. La mayoría de los grandes contribuyentes que tienen asesores financieros maximizan el uso de todas las herramientas financieras generales a disposición. Es parte de su trabajo”, admitió ante el interés de los fiscales en averiguar cómo se controlaba a los contribuyentes. Para los acusadores resultaba natural que eso se hiciera por auditoría, pero la testigo recalcó que en AFIP la normativa es exclusiva para procesos, algo que fue anormal en el trámite de Oil. Y que quedó expuesto con la auditoría N°15, que contradijo al informe 14, presuntamente fraguado para motivar la denuncia, algo que fue revelado en la audiencia anterior. “Se apartaron sustancialmente de las normas pautadas. No haberle dado traslado al auditado es una cosa inadmisible”, declaró. Al final, hubo una divergencia entre los documentos de prueba, donde en el de la testigo obraba una fecha que en el del expediente no.

A lo largo de una extenuante audiencia de más de 5 horas, se determinó que hubo pasos intermedios incumplidos en la auditoría que se utilizó como prueba de la denuncia. “La auditoría pide que se verifique ´estado de crisis´, algo que no dice la ley”, dijo De Alva. Los fiscales preguntaron por distintas Resoluciones Generales para planes anteriores dado que se mencionó que Abad diseño una resolución donde excluyó a Oil mencionando que bastaba estar “denunciado” por la AFIP para no calificar. La testigo no recordó algunas resoluciones previas que mencionan la palabra “denuncia”, pero culminan su redacción aclarando que es “respecto de los cuales se haya dictado sentencia firme con anterioridad a la entrada en vigencia de la presente”. Sin embargo, las Resoluciones Generales 3451 y 3756 de 2013 y 2015 respectivamente sí excluían a contribuyentes por el mero hecho de una denuncia.

A preguntas de las defensas, De Alva reiteró que el Impuesto a la Transferencia de Combustibles “no es una retención” y que se genera el hecho imponible en una parte de la cadena de comercialización que depende cuándo la empresa lo cobre. “La AFIP no se mete en la forma de hacer negocios”, aclaró. Y ante la pregunta respecto a que si solicitar un plan de pago implicaba reconocer una deuda, la testigo aseguró que eso estaba reconocido desde antes y lo que un plan implicaba era “manifiesta voluntad de pago”.

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